Corte ordenó a Natalia Valdebenito abstenerse de realizar rutinas sobre tragedia en mina El Teniente
- La standapera hizo un “chiste”, donde señaló que “puedo decir que fui
la única persona contenta de que pasara lo de los mineros, imagínate”.
“Puedo decir que fui la única persona contenta de que pasara lo de los mineros, imagínate”. Ese “chiste” dicho por Natalia Valdebenito en una de sus rutinas provocó una ola de críticas contra la humorista.
Tanto, que la misma debió disculparse, pese a que en un inicio señaló que no lo haría. “El video que anda circulando (…) sacado de contexto, se escucha fatal”, afirmó que pedía disculpas “porque el dolor ajeno también me atraviesa, me importa. Lo hago porque honestamente siento que es lo que corresponde cuando uno se equivoca”. “Me equivoqué y quería decirlo aquí, como siempre, de frente a ustedes. Muchas gracias por escuchar, muchas gracias por estar”.
Pero ahora el tema escaló. Y es que la familia de uno de las siete fallecidos presentó una acción judicial en su contra, para evitar que siga haciendo comentarios en sus rutinas.
Esto fue acogido por la Corte de Apelaciones de La Serena, que dio a lugar la orden de no innovar solicitada por los recurrentes, instruyendo a la comediante Natalia Valdebenito González abstenerse de realizar rutinas de humor sobre la tragedia minera.
Desde el Poder Judicial señalan que en fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Gloria Negroni Vera, Jimena Pérez Pinto y el abogado (i) Gabriel Gallardo Verdugo– dictó la orden de no innovar mientras el recurso de apelación interpuesto se encuentre pendiente de resolución.
“Que, atendido el mérito de los antecedentes, se hace lugar a la orden de no innovar solicitada, sólo en cuanto se dispone que la recurrida deberá, mientras se tramita la presente acción, abstenerse de realizar mofas o rutinas de humor, en espectáculos públicos, que utilicen como base la tragedia ocurrida el día jueves 31 de julio de 2025 en la mina El Teniente, del mismo tenor a las que son materia del recurso, por cualquier vía”, ordenó el tribunal de alzada.
Asimismo, la Corte de La Serena solicitó “informe a la recurrida Natalia Carolina Valdebenito González, otorgándole un plazo de ocho días para evacuarlo, debiendo adjuntar todos los antecedentes que obren en su poder”.
Emol




