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Suplencias de la municipalidad

Por La Prensa Austral Martes 7 de Octubre del 2025

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El reciente pronunciamiento de la Contralora General de la República sobre el sistema de suplencias en la municipalidad de Punta Arenas es claro y despeja dudas sobre la forma en que las autoridades locales deben entender el ejercicio de sus atribuciones. No se trata de un tecnicismo jurídico, sino de un recordatorio esencial, en cuanto a que la legalidad y la transparencia en el uso de los cargos públicos no son materia de conveniencia, sino de obligación.

El dictamen, fechado el 3 de octubre de 2025, responde a una denuncia presentada por concejales y la Asociación de Trabajadores Municipales (Astramupa), quienes alertaron sobre el uso irregular del mecanismo de suplencias en cargos directivos del municipio. Según el informe, el alcalde habría recurrido a una fórmula que alternaba nombramientos breves de titulares con designaciones sucesivas de suplentes -a veces los mismos funcionarios- bajo el argumento de “ahorrar recursos” y “no superar el plazo legal de seis meses”.

La Contraloría fue categórica al sentenciar que esta práctica no se ajusta a derecho. Nombrar titulares por unos días para luego reponer suplentes constituye un resquicio que elude el espíritu de la ley. El dictamen recuerda que las suplencias, según la Ley N° 18.883, sólo pueden extenderse hasta seis meses, plazo tras el cual debe proveerse el cargo mediante concurso, ascenso o designación formal. Prolongar indefinidamente un régimen de suplencias vulnera los principios de eficiencia, eficacia y probidad que rigen la función pública.

El fondo del asunto es claro, dado por el hecho de que la estabilidad y legitimidad de la administración municipal no pueden sostenerse en mecanismos de excepción. La alternancia artificial de cargos erosiona la institucionalidad, precariza el trabajo de los funcionarios y debilita la confianza ciudadana en la gestión del municipio. Cada puesto vacante debe ser llenado conforme a las normas, no mediante soluciones transitorias que perpetúan la inestabilidad y concentran el poder de decisión en el arbitrio del alcalde.

El pronunciamiento de la Contraloría ordena al municipio adoptar, “a la mayor brevedad”, las medidas necesarias para regularizar la situación y proveer los cargos de forma definitiva, informando documentadamente a la Contraloría Regional de Magallanes en un plazo de 20 días hábiles. Además, dispone que los antecedentes sean considerados en futuras acciones de fiscalización, lo que demuestra que el caso no quedará en la mera advertencia.

Más allá del ámbito legal, el dictamen reafirma un principio ético que debe regir toda gestión pública: la autoridad no puede convertir en costumbre lo que la ley solo contempla como excepción. Las suplencias son herramientas para asegurar continuidad, no para manipular equilibrios internos ni evitar procesos de selección.

La Contraloría ha hablado con claridad. Corresponde ahora que el municipio actúe y que, aunque se piense que estamos frente a actos administrativos menores, se restablezca la confianza en sus procesos internos y se dé señales concretas de que en Punta Arenas la función pública se ejerce con apego irrestricto a la ley. 

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