Termina fase probatoria en demanda civil contra los salesianos por abusos sexuales
Luego de tres años de juicio, terminó la fase probatoria de la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por nueve víctimas de abusos sexuales cometidos por distintos sacerdotes de la Congregación Salesiana en varias ciudades de Chile. La acción judicial, radicada en el Séptimo Juzgado Civil de Santiago, debería –de este modo– tener una sentencia en cerca de un año más, de acuerdo con los plazos que habitualmente se toman en materia civil.
Según informó El Mostrador, demandantes, representados por el abogado Juan Pablo Hermosilla, argumentan que los delitos sexuales cometidos por sacerdotes y dependientes de la Congregación entre los años 1973 y 2009 no fueron hechos aislados, sino consecuencia de una organización interna, diseñada para propiciar y silenciar abusos, cuyas víctimas eran principalmente alumnos de distintos colegios salesianos, entre ellos, los de Santiago, Concepción, Valdivia y Punta Arenas.
Es por ello que en la demanda se señala que esta estructura criminal se vio facilitada por el control de instituciones educacionales y, es más, dicen derechamente que “los métodos y tácticas utilizadas por ellos son constitutivos del delito de asociación ilícita”.
En 2022, nueve víctimas de abusos sexuales cometidos por sacerdotes salesianos presentaron una demanda civil en Santiago contra la Congregación Salesiana, solicitando una indemnización de 400 millones de pesos cada una por los daños morales y psicológicos sufridos. Argumentan que los delitos no fueron hechos aislados, sino parte de un patrón persistente en el tiempo, con múltiples ofensores y encubrimiento jerárquico. Entre los casos destacan los abusos de Alejandro Cautín en Punta Arenas; Sergio Aravena y Roberto Carrasco en Valdivia; Rimsky Rojas (en la fotografía) en Valdivia; y Daniel Lescot, Luis Peragallo, Tomás Aguayo, Diego Muñoz y Nelson Jopia en diversas ciudades del país.
Frente a todo lo anterior, los salesianos pidieron el rechazo de la demanda en todas sus partes, asegurando que haber repudiado los casos de abusos sexuales y haber implementado protocolos (que datan de 2011 y fueron actualizados en 2022) y un consejo de prevención de abusos.
Asimismo, la defensa de los sacerdotes sostiene que los hechos están prescritos, dado que las acciones civiles prescriben en cuatro años contados desde la perpetración del acto, según el artículo 2332 del Código Civil. También señalan que, incluso si se aplicara la suspensión de la prescripción, el límite máximo de prescripción extraordinaria es de 10 años desde la comisión del hecho y el último de estos data de 2009.
En su respuesta a la demanda, la congregación niega la existencia de una organización dentro de la orden dispuesta o destinada a “propiciar y silenciar abusos”. Asimismo, negaron que los traslados de sacerdotes fueran realizados para esconderlos. También argumentaron que en varios casos se iniciaron investigaciones canónicas y que se han efectuado denuncias al Ministerio Público, como en lo relativo a las acusaciones contra Daniel Lescot o Diego Muñoz.
Del mismo modo, los salesianos negaron haber intentado silenciar a los denunciantes mediante compensaciones económicas. Sin embargo, explicaron que han brindado soporte económico para tratamientos psicológicos, como medida de apoyo y reparación.




