Un fallo que devuelve claridad y justicia a la política habitacional
El reciente pronunciamiento de la Corte Suprema, que confirmó la legalidad del actuar del Serviu y rechazó el recurso presentado por comunidades Kawésqar, constituye un precedente fundamental para la política habitacional del país. No porque desconozca las legítimas aspiraciones de grupos organizados, sino porque reafirma un principio básico, cual es que los programas públicos deben priorizar a quienes enfrentan mayor urgencia y vulnerabilidad habitacional, sin excepciones arbitrarias ni presiones coyunturales.
Tal como señaló el seremi de Vivienda y Urbanismo, Marco Uribe, el fallo “deja claro que los programas habitacionales deben focalizarse en las familias que enfrentan mayor urgencia habitacional”. Esa claridad era necesaria. En tiempos donde la demanda por vivienda supera con creces la oferta y donde el déficit afecta con particular dureza a los sectores más precarizados, la focalización estricta no es únicamente una herramienta técnica, sino un imperativo ético.
El Serviu actuó conforme a la normativa y a los criterios de priorización que rigen para todas las postulaciones. Pretender que un grupo pueda ser exceptuado del proceso general -por legítimas que sean sus aspiraciones identitarias o comunitarias- hubiera abierto una peligrosa puerta hacia un trato desigual y hacia la captura de políticas diseñadas para resolver carencias urgentes. La igualdad ante la ley implica también igualdad en las reglas de acceso a bienes públicos.
Es importante subrayar que este fallo no niega la necesidad de avanzar en soluciones habitacionales culturalmente pertinentes ni desconoce la complejidad de los procesos identitarios. Pero esas discusiones deben darse en el marco institucional adecuado, no mediante atajos que terminen afectando a otras familias igualmente necesitadas.
La región enfrenta un déficit habitacional severo, con cientos de familias que llevan años esperando y que solo confían en la transparencia del sistema para acceder a una vivienda digna. Por eso este fallo es, en esencia, una defensa de la confianza pública. Ratifica que el Estado no puede desviarse del mandato de priorizar la urgencia social; valida el trabajo técnico de los equipos regionales; y envía una señal de estabilidad a un sistema que, por sí solo, ya soporta tensiones enormes.
La vivienda es un derecho, sí, pero también es una responsabilidad compartida. Cuando las reglas son claras, transparentes y aplicadas sin privilegios, las soluciones llegan primero a quienes más las necesitan. La Corte Suprema lo recordó con firmeza y eso, en un país y una región con urgencias crecientes y recursos limitados, no es un detalle: es un acto de justicia.




