Tribunal Ambiental analiza reclamación contra la SMA por Centro de Salmones Estero Riquelme
El Tercer Tribunal Ambiental escuchó los alegatos de la Fundación Terram en su reclamación contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), relacionada con el Centro de Engorda de Salmónidos (Ces) Estero Riquelme, propiedad de Cermaq Chile S.A.
La reclamación busca anular la resolución dictada por la SMA en abril de este año, en la que se aprobó y corrigió de oficio el Programa de Cumplimiento (PdC) presentado por la empresa, mientras se suspendía el procedimiento administrativo sancionatorio por sobreproducción.
Según la Fundación Terram, la decisión de la SMA es ilegal, ya que el PdC aprobado no cumpliría con los criterios establecidos en la Ley Orgánica de la SMA. En la audiencia, la organización argumentó que el instrumento presentado por Cermaq Chile S.A. se basaría en una insuficiente caracterización de los efectos adversos de las infracciones, lo que dificultaría que las medidas y acciones del programa puedan abordar de manera efectiva los impactos identificados.
Entre los puntos críticos, la reclamante mencionó los software de modelación utilizados por la empresa, indicando que la información suministrada no reflejaría la dinámica real del entorno donde se ubica el Ces, incluyendo la Reserva Nacional Kawésqar. Además, solicitó que se reactive el procedimiento sancionatorio en relación con los cargos graves de sobreproducción en dos ciclos productivos y manejo de mortalidad.
Por su parte, la SMA defendió su decisión, señalando que el PdC presentado cumple con los criterios de integridad y eficacia, y que la caracterización ambiental realizada por Cermaq Chile S.A. se efectuó correctamente. La autoridad explicó que la modelación de sedimentos se realizó siguiendo los mismos parámetros de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y del expediente de evaluación, mientras que la modelación de dispersión de nutrientes consideró los Objetos de Protección de la Reserva Nacional Kawésqar. La SMA agregó que se descartaron efectos negativos en la reserva, tomando en cuenta el flujo de carbono para el ciclo 2023-2025, inmediatamente posterior al último ciclo infraccional.
La decisión del tribunal se conocerá una vez que se analicen los antecedentes y argumentos presentados por ambas partes.




