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Este lunes 9 de marzo la Conaf aprobó el instrumento de planificación del área protegida

El pueblo kawésqar tendrá poder vinculante sobre el parque nacional

Miércoles 11 de Marzo del 2026

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Lucas Ulloa Intveen
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De las 14 observaciones que la Asociación de Salmonicultores de Magallanes presentó al plan de manejo del Parque Nacional Kawésqar, sólo dos fueron consideradas técnicamente incorporables. Las otras doce -entre ellas las que advertían sobre posibles “bloqueos administrativos” derivados de las facultades entregadas a las comunidades kawésqar- fueron catalogadas como clarificaciones y opiniones generales, y no modificaron el instrumento.

Con la firma de la Resolución Nº313 del 9 de marzo de 2026, el director ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal (Conaf), Rodrigo Illesca Rojas, formalizó el plan de manejo del Parque Nacional Kawésqar, el área silvestre protegida más extensa del sistema terrestre continental chileno y uno de los ecosistemas subantárticos más prístinos del planeta. El plan es ahora el marco rector para toda actividad dentro del parque, prohíbe explícitamente las labores contrarias a sus disposiciones y consagra un modelo inédito de coadministración entre el Estado y las comunidades del pueblo Kawésqar.

La decisión cierra un proceso que se remonta a 2018 y que no estuvo libre de controversia. El mismo instrumento que entrega poder real a las comunidades indígenas sobre un territorio que habitan desde hace más de 7.000 años es el que la industria salmonera intentó -sin éxito mayor- acotar.

Consejo de gestión

El acuerdo más significativo del proceso es la creación de un Consejo de carácter deliberativo y resolutivo, cuyas decisiones tendrán efecto vinculante para la gestión del parque. Este Consejo integrará a Conaf (y en el futuro al Servicio de Biodiversidad y Areas Protegidas), junto con las comunidades kawésqar constituidas conforme a la Ley Indígena.

Cabe señalar que ocho comunidades (Ancón Sin Salida, Cazadores Patagónicos, Ks’kial, entre otras) dejaron constancia formal de su desacuerdo con esta medida.

El plan incorpora además deja expresamente autorizada la pesca tradicional y artesanal, la obtención de agua para consumo, la recolección de leña muerta y verde mediante podas, y la extracción de material para carpentería de ribera. Otra de las disposiciones más novedosas es el reconocimiento del uso tradicional del fuego, aunque bajo condiciones estrictas: se limita a prácticas ceremoniales, rituales y de alimentación y quedará regulada por un protocolo que definirá los lugares habilitados y los periodos autorizados.

19 meses de consulta

La consulta indígena al pueblo kawésqar sobre el plan de manejo fue iniciada formalmente en febrero de 2024.

El proceso no estuvo exento de tensiones. La comunidad kawésqar Ancón Sin Salida interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, que ordenó a Conaf no avanzar a etapas posteriores sin acordar con las comunidades la metodología del proceso, incluyendo si se realizaría una consulta única o diferenciada por cada plan de manejo. Ante la falta de consenso en este punto, Conaf decidió en abril de 2025 separar las consultas, priorizando la del Parque Nacional Kawésqar.

En total participaron 16 comunidades Kawésqar con personalidad jurídica, además de personas naturales y grupos familiares. La Conaf realizó 17 reuniones sólo en la etapa de planificación -superando ampliamente el mínimo legal de tres- , y financió asesores técnicos para cada grupo de organizaciones durante la fase de deliberación interna. El proceso culminó en noviembre de 2025 con la firma de diez acuerdos.

Industria salmonera

Durante la consulta ciudadana del plan de manejo, realizada entre abril y mayo de 2025, la Asociación de Salmonicultores de Magallanes presentó un informe formal de observaciones. El documento abordó cuatro ejes: la definición de los objetos de conservación, la delimitación de la franja de amortiguación costera, la participación ciudadana en la formulación del plan y la dimensión de gobernanza indígena.

Del total de 14 comentarios presentados por la asociación, dos fueron considerados como “aplicables, es decir, aportes susceptibles de incorporar al plan. Los otros 12 fueron catalogados como “clarificaciones y opiniones en general”: intervenciones que no constituyen aportes técnicos concretos al instrumento, pero que ameritaron una respuesta institucional.

El gremio también cuestionó que el plan pretendiera establecer restricciones sobre sectores fuera del perímetro del Parque Nacional, específicamente en la Reserva Nacional Kawésqar, que posee su propia categoría de protección y plan de manejo.

La Asociación de Salmonicultores se manifestó contraria a las facultades otorgadas a las comunidades kawésqar en la administración del parque, advirtiendo que se podrían generar “bloqueos administrativos” a actividades autorizadas. Ese planteamiento fue uno de los doce desestimados. La Ley Nº21.600 establece de forma expresa que en los parques nacionales está prohibida la explotación de recursos naturales con fines comerciales, y es ese marco legal el que en definitiva delimita el alcance de cualquier actividad dentro del área protegida, independientemente de lo que el Consejo resuelva.

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