Municipalidad de Porvenir pierde juicio en la Corte y deberá pagar casi 600 millones de pesos a empresa Cobra
Este lunes la Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la sentencia del juez de Letras de Porvenir, Pablo Aceituno, que condenó a la Municipalidad de Porvenir a pagar casi 600 millones de pesos al declarar el término del contrato suscrito con la empresa Cobra Montajes, Servicios y Agua Ltda., en el marco del proyecto de construcción del sistema de agua potable rural respecto del Loteo Selknam y Loteo Los Cisnes de la ciudad de Porvenir, de fecha 25 de enero de 2021.
La sentencia de primer grado del juez Aceituno había sido pronunciada el pasado 9 de diciembre, siendo apelada tanto por la Municipalidad de Porvenir como por la empresa Cobra.
El fallo estableció que el municipio fueguino incumplió su obligación de entregar a la demandante Cobra un proyecto definitivo y aprobado por la empresa Aguas Magallanes; que aplicó multa y ejecutó las garantías de manera ilegítima, y; que no pagó el Estado de pago N°2.
En consecuencia, se condenó a la demandada al pago de las siguientes sumas de dinero: a.- $304.721.809, por no pago del Estado de Pago N°2; b.- $222.406.742, por concepto de boletas de garantía, y; c.- $62.720.213, por concepto de lucro cesante.
Estas sumas de dinero fueron legitimadas por el fallo de este lunes firmado por el alto tribunal regional, integrado por la ministra titular Caroline Turner y los ministros suplentes Berta Salgado y Claudio Jara, que rechazaron los recursos interpuestos por las partes en contra de lo resuelto por el juez Aceituno. En todo caso, Jara estuvo por revocar y rechazar la demanda de Cobra.
La empresa contratista en su apelación, representada por el abogado Juan Diego Rabat Celis, instaba porque se dieran lugar a otros montos indemnizatorios solicitados, considerando que la demanda original reclamaba la suma total de 1.081.281.012 pesos.
Por su parte, la Municipalidad de Porvenir, representada por el abogado Carlos Contreras, pretendía que se revoque la sentencia condenatoria, rechazando la demanda en todas sus partes con costas y, en subsidio, entre otras cosas, que la garantía debe ser devuelta por el órgano público que procedió a su cobro y la incorporó a su patrimonio, esto es, el Gobierno Regional de Magallanes, mandante y dueño de dichos valores. Sobre este último nada dijo la Corte de Apelaciones.
El proyecto
A través del contrato adjudicado por la Municipalidad de Porvenir, la empresa debía llevar a cabo la construcción de un sistema de agua potable en los sectores denominados “Loteo Selknam” y “Loteo Laguna de Cisnes”, en la ciudad de Porvenir, el cual consideraba el recorrido de una red de tuberías que iniciaría en calle Carlos Wood y proseguiría en la proyección de calle Esmeralda. La finalidad del proyecto consistía en darle solución al problema de abastecimiento de agua potable que aquejaba a los vecinos de los sectores mencionados, debido a que las instalaciones de la empresa de servicios sanitarios, Aguas Magallanes, no consideraba el servicio de distribución de agua en dichos Loteos, por lo que el suministro debía ser suplido por la Municipalidad de Porvenir mediante camiones aljibes. Una vez construidas las obras, la mantención y operación de la red sería de cargo de la empresa sanitaria de Magallanes.
Para tales efectos, Cobra debía construir la planta elevadora que se instalaría en el recinto concesionado donde se encontraban los estanques de agua potable de Aguas Magallanes, y luego debía implementar el sistema de red de distribución y ductos que llevarían el agua hacia los mencionados Loteos. Lo anterior suponía que parte de los trabajos encomendados (planta elevadora y conexión de ductos) serían ejecutados en el terreno concesionado perteneciente a la empresa sanitaria, y el resto de los trabajos (red de distribución del agua) se ejecutaría fuera del área. El referido contrato fue aprobado mediante Decreto Alcaldicio N°091, de fecha 5 de febrero de 2021.
El precio del contrato ascendía a $2.021.879.469 pagaderos a través de Estados de Pago Mensuales de acuerdo al avance físico de la obra. Por su parte, el plazo para la ejecución de la obra era de 224 días contados desde la firma del acta de entrega de terrenos, lo cual tuvo lugar con fecha 26 de marzo de 2021, por lo que el plazo de término de obras vencía el día 6 de noviembre de 2021.
Según se plantea en la demanda, “lamentablemente, el proyecto no pudo prosperar, alcanzando las obras que se pudieron ejecutar un avance físico aproximado de un 30%, atendido los graves y flagrantes incumplimientos de la demandada, por cuanto ésta: (i) incumplió su obligación de entregar a Cobra un proyecto definitivo, correctamente definido y apto para construir; (ii) incumplió su obligación de gestionar, tramitar y obtener la aprobación del proyecto por parte de la Empresa Sanitaria Aguas Magallanes; (iii) emplazó la obra en un terreno que no era legalmente apto para construir; (iv) (a) aplicó multas a Cobra, (b) ejecutó las garantías contractuales, y (c) término y liquidó el contrato anticipada y unilateralmente; todo de manera ilegal e ilegítima; (v) incumplió su obligación de pagar el Estado de Pago N°2; (vi) incumplió el dictamen E328003/2023 de la Contraloría Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena; e (vii) incumplió su obligación de indemnizar a Cobra los perjuicios sufridos a causa de sus graves incumplimientos”.
Causa penal
Por estos mismos hechos, el alcalde José Gabriel Parada se encuentra formalizado penalmente en virtud de una querella criminal interpuesta por la empresa Cobra, encontrándose a la fecha con la medida cautelar de firma bimensual en la Tercera Comisaría de Carabineros. En la última audiencia celebrada el pasado 3 de marzo, se decretó un aumento del plazo de investigación por 30 días a contar de esa fecha.




