Corte de Punta Arenas declara inadmisibles recursos por cobros de deudas del Cae
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas declaró inadmisibles una serie de recursos de protección presentados contra la Tesorería General de la República, vinculados a procesos de cobro de deudas asociadas a créditos fiscales, como el Crédito con Aval del Estado (Cae).
En fallos unánimes, la Primera Sala del tribunal resolvió que las acciones constitucionales no corresponden al mecanismo adecuado para cuestionar este tipo de procedimientos administrativos, que incluyen medidas como mandamientos de ejecución y embargo.
Según estableció el tribunal, los eventuales perjuicios denunciados por los recurrentes deben ser abordados dentro del propio proceso administrativo que lleva adelante la Tesorería, instancia donde existen mecanismos para presentar alegaciones y recursos.
De esta forma, la Corte concluyó que no corresponde acoger a tramitación los recursos de protección, al no ser la vía pertinente para impugnar resoluciones de este tipo, reafirmando así el criterio de que estas materias deben resolverse en las instancias administrativas correspondientes.




