Pasajera bromista advirtió que portaba una bomba y obligó a desalojar aeropuerto local
Pasadas las 17 horas de este martes se activaron las alarmas en el Aeropuerto Presidente Ibáñez de Punta Arenas luego de que una pasajera bromista advirtiera que portaba un artefacto explosivo. Lo anterior implicó el desalojo del terminal aéreo y el retraso de la salida de un vuelo de la compañía Sky. Esto llevó a que estallara la indignación entre los viajeros y de las personas que presentan servicios en el recinto aeroportuario.
La mujer, identificada como Gladys Quezada Obando, de 50 años, que registra domicilio en la comuna de Cabo de Hornos, viajaba con destino a la ciudad de Puerto Montt. Su vuelo debía despegar a las 18 horas.
El incidente se originó cuando se presentó en el mesón de atención de Sky para el pesaje de su equipaje. En un momento se ofuscó con el funcionario a cargo, pidiendo ella que debía ser revisada porque llevaba una bomba. Esta advertencia le costó caro a la mujer, porque a partir de ese instante intervino personal de seguridad de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y Carabineros. La pasajera fue objeto de una revisión corporal, tras lo cual reconoció que había protagonizado una broma.
Las consecuencias inmediatas de su actuar, fue la activación de los protocolos establecidos ante una amenaza de este calibre, entre ellos la movilización desde Punta Arenas del equipo Gope de Carabineros con su can detector de explosivos, la evacuación del terminal aéreo por razones de seguridad, aislando la zona donde las compañías aéreas proceden al pesaje del equipaje, y la detención de la autora de la amenaza. La mujer viajaba con su marido.
A las 17,45 horas los funcionarios del Gope arribaban al terminal aéreo y procedían a revisar los tres bolsos que portaba la pasajera, descartando la presencia de algún artefacto explosivo.
La mujer quedó detenida en el cuartel de la Primera Comisaría de Carabineros y hoy debería comparecer ante el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, por su participación en el delito que sanciona el artículo 268 bis del Código Penal, el que establece “que el que diere falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, incurrirá en la pena de reclusión menor en su grado mínimo”.




