Necrológicas

– Mario Alejandro Gallegos Vásquez

Familia de joven fallecida en atropello provocado por chofer bajo la influencia del alcohol critica que autor haya dejado la cárcel

Sábado 30 de Mayo del 2026

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Un radiopatrulla de Carabineros concurrió poco antes de las 18 horas de este viernes al complejo penitenciario de Punta Arenas a retirar a un imputado en prisión desde finales de diciembre de 2025, luego que el Juzgado de Garantía modificara la medida de prisión por arresto domiciliario total, en su domicilio de Playa Norte.

Franco Millar Mora se encuentra imputado por dar muerte a la víctima Camila Toro Muñoz (32 años) mientras conducía bajo la influencia del alcohol su vehículo en la intersección de calles Manantiales y Esteban Capkovic, en la villa Cardenal Raúl Silva Henríquez, el 31 de diciembre de 2025.

La defensa de Millar Mora solicitó el cambio de cautelar argumentando una presunta atenuante de colaboración sustancial que a la fecha haría innecesaria la prisión del imputado. La Fiscalía y querellante se opusieron a esta solicitud, advirtiendo que a la fecha no han variado las circunstancias que determinaron que el imputado quedará en prisión preventiva desde el día de los hechos, resolución confirmada por resolución del mismo Juzgado de Garantía en audiencia de fecha 24 de marzo pasado.

Sin embargo, la jueza Paula Stange del mismo juzgado, estimó que durante la investigación el imputado habría colaborado con la investigación, declarando, reconociendo el hecho y habiendo pagado 200 mil pesos a la dueña del inmueble afectado por daños en su cierre perimetral.

La parte querellante señala que “se trata de una resolución claramente infundada, la jueza no atendió a nuevos antecedentes de la investigación que sólo agravan la situación de Millar Mora y que, desde la ultima revisión de prisión preventiva, no hay ningún nuevo antecedente que haya modificado lo resuelto por el mismo juzgado y la Corte de Apelaciones en dos oportunidades”.

Entre otros antecedentes de la investigación, se acreditó el hecho de que esta persona compró el vehículo “por mano” el 24 de diciembre de 2025 sabiendo que no contaba con la documentación vigente para circular, hecho que fue reconocido mediante una declaración jurada notarial firmada por éste y la anterior dueña. A la fecha del atropello el automóvil se encontraba a nombre de la antigua propietaria.

El abogado querellante y hermano de la víctima, Jorge Toro, agrega que durante la indagatoria del Ministerio Público se han logrado determinar hechos de suma gravedad que justifican la necesidad de cautela que mantenía la prisión del imputado: i) manejaba sin haber obtenido licencia de conducir; ii) impactó a la víctima al menos a 88 km/h según informe Siat en un Paso de Cebra; iii) se reveló que Millar Mora sabía que su vehículo estaba sin bocina, e igualmente emprendió su viaje que terminó con la vida de la víctima, funcionaria del Hospital Clínico Magallanes.

El querellante señala que esta resolución es injusta, no sólo porque en el caso concreto se incurrió en una errónea interpretación de los hechos, en tanto el imputado mas que colaborar ha ocultado hechos, por ejemplo, mintió a la policía cuando llamó para dar aviso del accidente, señalando en primera instancia que iba sólo en el vehículo para luego descubrirse que iba acompañado por un amigo, huyendo ambos del lugar a pretexto de una supuesta intención de linchamiento (no acreditada en la investigación).

Por último, la familia de la víctima apelará de esta resolución y acusará al imputado por delitos y penas diversas a las del Ministerio Público, solicitando penas superiores a los 10 años de presidio. Además, presentaran una acción civil indemnizatoria en contra del imputado en sede penal, y una demanda civil en contra de la anterior dueña del vehículo a la fecha del accidente.

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