El comercio deberá cerrar a más tardar a las 19 horas por el feriado irrenunciable de Navidad
Esta tarde los trabajadores del comercio tendrán que estar fuera de su lugar de labores a las 20 horas, y hasta las 6 horas del sábado 26 de diciembre. Lo mismo regirá el 31 de diciembre hasta el sábado 2 de enero de 2021. En consecuencia los centros comerciales deberán cerrar sus puertas a más tardar a las 19 horas.
La Dirección Regional del Trabajo entregó el horario de funcionamiento del comercio durante los feriados obligatorios e irrenunciables de Navidad y Año Nuevo, 25 de diciembre y 1 de enero, respectivamente.
Los incumplimientos pueden llevar a sanciones con una multa de 5 UTM ($255.145) hasta las 20 UTM ($1.020.580), por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de funcionarios total de la empresa.
Los empleadores sorprendidos en infracción deberán cesar las labores de los trabajadores de inmediato, y abandonar su lugar de actividad, sin perjuicio de cursársele la multa respectiva, recordó el director regional del Trabajo, Carlo Gorziglia.
Los establecimientos comerciales atendidos por sus propios dueños o familiares directos pueden abrir, debido a que no existe relación laboral en este caso.
Desde 2016 rige una norma que señala que los trabajadores que estén exceptuados del feriado obligatorio e irrenunciable -esta vez del 25 de diciembre y 1 de enero- sí tendrán derecho a tomar descanso a lo menos una vez cada dos años si continúan contratados por el mismo empleador, pudiendo pactar con él la rotación del personal necesaria para este fin. Por ejemplo, si un trabajador laboró el 25 de diciembre de 2019 ó 1 de enero de 2020 y continúa trabajando para el mismo empleador, esta vez deberá descansar.
Del 10 al 23 de diciembre ningún trabajador del comercio deberá trabajar más allá de las 23 horas.
Los límites horarios son inamovibles.