Necrológicas

Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia

Por Carlos Contreras Martes 21 de Septiembre del 2021

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Con fecha 1 de octubre de 2021 comienza, en plenitud, sus funciones el Servicio Nacional de Protección especializada a la Niñez y Adolescencia, servicio público descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Desarrollo Social y Familia. El Servicio estará sujeto a la fiscalización de la Subsecretaría de la Niñez, de conformidad a lo dispuesto en la ley 21.302, y formará parte del Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia. 

Este Servicio tendrá por objeto garantizar la protección especializada de niños, niñas y adolescentes gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos. Actuará de un modo acorde a la Política Nacional de Niñez y Adolescencia. Su Plan de Acción garantizará el derecho de acceso a la justicia que, de forma independiente al Servicio, se otorgue a los niños, niñas y adolescentes sujetos de atención. En esta tarea tiene el deber de coordinarse con los otros organismos del Estado para cumplir tales fines.

Las líneas de acción de este Servicio son las siguientes: a) diagnóstico clínico especializado y seguimiento de casos, pericias, b) intervenciones ambulatorias de reparación, c) fortalecimiento y vinculación, d) cuidado alternativo y e) adopción. Siempre teniendo presente que son niños las personas menores de catorce años y adolescentes hasta los dieciocho años. 

Los principios que determinan la acción de este Servicio son los siguientes: a)  la consideración de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho y de especial protección, b)
el interés superior del niño, niña o adolescente, c) la igualdad y no discriminación arbitraria, d) la autonomía progresiva, e) la perspectiva de género, f) la inclusión, g) la protección social y h) la participación efectiva que se manifiesta, entre otras formas, a través del derecho de niños, niñas y adolescentes a ser oídos, la libertad de expresión e información, y el derecho de reunión y asociación.

Por cierto, que la creación y puesta en marcha de este Servicio debe ser bien recibida y genera expectativas de un mejor futuro para la atención de la niñez en Chile y al respecto puedo dar tres razones que dan pie a este optimismo.

La primera razón es que, después de un periplo de una centuria aproximadamente, en que la niñez desvalida de nuestro país pasó por distintos programas, decisiones y Ministerios (Justicia, Salud, entre otros), se ha podido asentar en un Ministerio y una subsecretaría especializada que coloca el énfasis en la calidad de sujetos de derechos de los niños, niñas y adolescentes desde una perspectiva familiar y de desarrollo humano, integrando y apoyando social y emocionalmente para que formen parte de una sociedad que debe dejar de estigmatizarlos. Se trata de colocar las herramientas que permitan “emparejar la cancha” de verdad y no por el mero cumplimiento de una meta de gestión.

La segunda razón radica en la circunstancia que se ha separado la niñez afectada por problemas que la limitan y la vulneran, de aquella que comete infracciones y delinque. Lo anterior es importante porque, aun cuando se trata de niños, niñas y adolescentes, es vital que el tratamiento de uno y otro sector objetivo, sea distinto y especializado y la separación de servicios que se preocupen exclusivamente de cada área asegura que podamos avanzar en una intervención más eficaz y con mayores probabilidades de éxito.

Finalmente, es necesario considerar que la posibilidad de partir con una nueva institucionalización que se desprenda de las cargas, errores y horrores del pasado, entrega a los funcionarios que asumen el desafío de avanzar con esta nueva tarea, la posibilidad de demostrar eficiencia, eficacia y, por sobre todas las cosas, el lado humano amable que debe caracterizar la gestión pública cuando se trata, especialmente, de nuestros niños, niñas y adolescentes.

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