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Propuestas sobre judicatura y nueva Constitución: buenos augurios para nuestra democracia

Por La Prensa Austral Jueves 6 de Enero del 2022

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Mauricio Olave Astorga
Presidente de la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados

En los últimos días han comenzado a conocerse las primeras iniciativas relacionadas con la función que cumplen juezas y jueces en el contexto del actual proceso constituyente, propuestas que deberán someterse al trámite reglamentario en el seno de la comisión de Sistemas de Justicia de la Convención, encargada de analizar y proponer, entre otras materias, un nuevo diseño para judicatura chilena.

Tales iniciativas se han nutrido de la amplísima participación y rico diálogo ciudadano en los poco más de tres meses de audiencias públicas y exposiciones, que han convocado desde la sociedad civil y la academia hasta las autoridades de los propios poderes constituidos, de suerte que ya podemos efectuar una síntesis de las ideas y propuestas que prevalecen.

Una primera está dada por la necesidad de asegurar acceso efectivo a la justicia, que pasa por reconocer que el verdadero poder de jueces y juezas está precisamente en el ejercicio de la función de juzgar –y no en administrar lo judicial– y que para que dicha función sea ejercida se requiere que la Constitución consagre ciertos principios esenciales como la imparcialidad, inamovilidad, intangibilidad de sus remuneraciones, sujeción al ordenamiento jurídico, y desde luego, independencia, tanto al interior de la organización como respecto de los demás poderes.

Pero, además, para el adecuado ejercicio de estas facultades se requieren ciertas condiciones mínimas relativas a la estructura organizacional del sistema, que refuercen el actuar independiente de quienes imparten justicia.

Por ello resalta el consenso en lo razonable que resulta avanzar como lo hacen ya buena parte de los países del mundo en orden a entregar las labores de administración del sistema judicial; esto es, nombramiento, responsabilidad, perfeccionamiento y gestión de los recursos a un órgano autónomo de rango constitucional, paritario y mixto en su composición, con representantes elegidos por jueces y juezas e integrado también por miembros no judiciales.

Toma forma así un nuevo paradigma en lo que a organización judicial se refiere, coherente con el respeto a los derechos humanos y funcional al nuevo orden que la Constitución establecerá para el futuro.

Otro aspecto que impresiona positivamente es la primacía de la perspectiva funcional de la judicatura y su moderna conceptualización por sobre la actual mirada corporativa de “Poder Judicial”, que en la Constitución del 80 percibe al juez como un obediente funcionario sujeto a infinidad de controles extrajurisdiccionales.

Por otra parte, destaca la ausencia de defensores del diseño judicial que se despliega del artículo 82 de la Carta actual, norma que podría ser la primera en desaparecer, en línea con lo expresado a su turno en la misma Comisión de Sistemas de Justicia por el presidente de la Corte Suprema, Guillermo Silva, que relevó la necesidad de separar de las Cortes las labores administrativas hoy enmarcadas en la “Superintendencia administrativa, correccional y económica de todos los Tribunales del país” que ejercen.

Enhorabuena.

Esta ausencia de contrafáctico que abogue por el statu quo no es casualidad, pues marca con claridad la evolución que ha mostrado el Máximo Tribunal desde 2014 en adelante, en que propuso la creación de un órgano diferente abocado a las labores de gobierno judicial –interno e integrado sólo por miembros judiciales– hasta el 2020, en que tras sus jornadas de reflexión manifestó que no pretendía reservar dichas materias para sí y que estaba de acuerdo con la creación de un órgano distinto, de rango constitucional.

Por cierto, este cambio armoniza con la idea también presente de concebir a la Corte Suprema como un verdadero tribunal superior de derecho uniformador de la jurisprudencia en las distintas materias.

Una tendencia similar ha mostrado la academia, que mayoritariamente ha defendido la necesidad de crear un órgano autónomo de rango constitucional que asuma las labores extrajurisdiccionales, siempre con el fin de asegurar a las personas que contarán con tribunales integrados por juezas y jueces realmente independientes, y aun quienes solitariamente critican el rumbo de la discusión, han evitado referirse a casos ejemplares de buen desempeño en países similares a Chile.

Desde la Asociación de Magistradas y Magistrados hemos promovido por más de una década la necesidad de concretar reformas sustanciales a la organización de la judicatura con un norte muy claro: el refuerzo de la independencia de jueces y juezas como garantía para las personas y la desarticulación de las facultades de gobierno judicial de nuestras Cortes como elementos clave del fortalecimiento de la democracia, acordes con la tendencia mundial y los principios y recomendaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Estamos atentos también a propuestas que pudieren acarrear retrocesos al abrir focos de eventual afectación de la misma independencia que se busca fortalecer, pero resulta auspicioso el paso a la etapa de discusión que inicia, con premisas y denominadores comunes que apuntan a desarmar el núcleo de un sistema vetusto, todavía anclado a una época prerrepublicana.

Corren buenos aires y miramos el futuro con optimismo, pues Chile merece un mejor diseño de la judicatura a la luz de la exitosa experiencia comparada, aspiración que se acerca felizmente a ser cumplida.Propuestas sobre judicatura y nueva Constitución: buenos augurios para nuestra democracia.

Propuestas sobre judicatura y nueva Constitución:

buenos augurios para nuestra democracia

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