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Fiscal consideró improcedente que se pida informe sobre recurso del Eleam

Miércoles 30 de Marzo del 2022

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La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó el recurso de reposición que presentó el fiscal regional, Eugenio Campos, y le ordenó informar dentro de seis días antes de resolver el recurso de protección que se presentó a favor de 69 residentes del Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores “Cristina Calderón Harban”.

El argumento del fiscal regional es que el recurso es en contra del juez de Garantía Juan Villa Martínez, “no siendo procedente solicitar al Ministerio Publico informe dentro del plazo de seis días, respecto de las actuaciones supuestamente arbitrarias e ilegales cuestionadas, las que no han sido realizadas por esta institución”.

“Si se estima que el Ministerio Público podría aportar antecedentes para la mejor resolución de la presente causa en razón de las funciones que desempeña, podría solicitarse en esos términos, y no en calidad de recurrido”.

Sin embargo, los ministros fallaron lo contrario y rechazaron la reposición, atendido que para resolver el recurso necesitan el informe del juez (quien ya lo hizo llegar), del Ministerio Público  y de la Defensoría Penal.

Mientras no estén todos los documentos resolvieron no colocar en tabla la causa.

Fue el abogado Matías Rivadeneira, en representación del Eleam “Cristina Calderón Harban”, que presentó el recurso en atención a que el tribunal derivó a este centro personas imputadas que no debieran estar ahí. El argumento es que el recinto no cumple con las condiciones para operar como centro para el cumplimiento de medidas cautelares penales, así como tampoco para operar como recinto para la detención
de condenados.

La residencia no se encuentra diseñada para recibir a una persona en situación d e privación de libertad, y mucho menos de las características particulares del caso de los imputados de este recurso. 

Respuesta del magistrado

El escrito está dirigido en contra de Juan Villa Martínez, juez del Juzgado de Garantía de Punta Arenas, por dictar sendas medidas cautelares en contra de dos imputados, en fechas 26 de enero y 10 de febrero de 2022.

La respuesta del magistrado a la Corte es que respondió de acuerdo a la normativa legal vigente, “procurando compatibilizar la necesidad de cautelar en cada proceso, consistente principalmente en velar por la protección de víctimas de violencia intrafamiliar, con la situación personal de los imputados, considerando además la falta de otra solución concreta que fuera viable para albergar a estas dos personas, ambos adultos mayores”.

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