Consejera regional exigió acciones concretas para terminar con las carreras clandestinas
Desarrollar un trabajo conjunto para poner freno a las denominadas “carreras clandestinas” planteó la consejera regional, Ximena Montaña, quien además lamentó la complicada situación de salud que atraviesa una joven víctima de un accidente vehicular ocurrido el pasado viernes.
La representante de la provincia de Ultima Esperanza en el Core planteó que las carreras vehiculares parecen haberse normalizado en Puerto Natales, reconociendo los vecinos que tal irresponsabilidad se viene dando hacer muchos años “debido a la falta de acciones concretas” que parecen pasar por alto las denuncias que dan cuenta de hechos reales y efectivos respecto de puntos de encuentros, de prácticas y de consumo de alcohol.
Agregó que el problema se ha instalado, aumentado y hoy plantea la interrogante de “cómo concientizar a quienes no toman en serio la responsabilidad de estar al volante y no entienden que tienen una verdadera arma mortal en sus manos sin conciencia del daño que pueden provocar”.
El reciente accidente
Recordó que fue tan sólo unos días cuando “dos de estas personas tuvieron la gran idea de salir a la costanera (de Puerto Natales) a “jugar” a las carreras y poner en riesgo sus vidas y las de las demás personas, impactando a un vehículo que circulaba tranquilamente. Una mujer sobrevivió de milagro a este accidente, pero debió ser trasladada a Punta Arenas”.
La consejera Montaña sostuvo que hoy “esta persona (una joven de 25 años) se enfrenta a una serie de cirugías de alta complejidad y pasará muchísimo tiempo en rehabilitación, lo que quiere decir que dos jóvenes irresponsables le truncaron el normal desarrollo de su vida”.
Agregó que en octubre de 2022 se publicó una nueva ley, la 21.495 que sanciona la organización y participación de carreras no autorizadas de vehículos motorizados, “sin embargo, estas leyes son simples palabras vacías escritas en papel si no existe el control suficiente, porque para la efectividad de la norma se hace imprescindible la fiscalización”.
“Hace mucho tiempo que en Natales se están viendo estas carreras clandestinas, normalmente son jóvenes los que están al volante, se reúnen en la costanera, vemos consumo de alcohol y exceso de velocidad”.
Controles son
insuficientes
“Es algo notorio, los vecinos nos dicen que en el estacionamiento de costanera, frente al Hotel Weskar, se reúnen. Ese es un sector turístico, privado, poblado, están los huertos familiares, por lo que tenemos presencia de gran variedad de personas transitando, que de repente se topan con esta gente que anda jugando a los piques, poniendo en riesgo la salud de la gente. Los vecinos denuncian, llaman a Carabineros, pero los controles son insuficientes”.
Por lo anterior, la consejera regional solicitó al Core que se oficie a la Delegación Provincial Presidencial de Ultima Esperanza, a la Municipalidad de Natales y a la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones para pedir información sobre si se ha regulado el control de las carreras clandestinas y se dé a conocer si existen planes o líneas de acción para normar la problemática, además de solicitar si es posible aumentar las fiscalizaciones en los sectores más críticos.
Qué dice la ley 21.495
Con fecha 4 de octubre de 2022, se publicó en el Diario Oficial la nueva Ley Nº 21.495 (modifica la 18.290), que sanciona la organización y participación en carrera no autorizadas de vehículos motorizados y otras conductas, tales como la conducción temeraria.
Esta tiene como objeto “evitar o desincentivar conductas riesgosas y/o temerarias de los conductores; aumentar la responsabilidad para quienes manejen en condiciones peligrosas para la integridad física de las personas; sancionar a aquellos que organicen y faciliten la práctica de estas actividades ilegales; y, endurecer gradualmente las sanciones frente a posibles lesiones o resultado de muerte”.
La modificación permite ahora que los vehículos que se encuentren en las hipótesis de esta nueva ley, sean retirados de circulación por un mínimo de 30 días y se pueda revocar el certificado de revisión técnica.
Según el inciso 1 del nuevo Artículo 197 ter de la Ley de Tránsito, se entiende como carreras no autorizadas las siguientes conductas:
1. Carreras que se efectúen contra otros vehículos, contra reloj o cualquier otro dispositivo para medir el tiempo, para medir velocidades máximas o hasta llegar o pasar un punto, meta o destino determinado.
2. Competencia de destrezas, deslizamientos o derrapes.
3. Competencias de maniobras o de velocidad que pongan en peligro la vida o integridad física de terceras personas.
Quienes incurran en lo descrito quedan expuestos a penas que van desde los 541 días a los 10 años de presidio, además de multas e inhabilidades.
Además, también se sanciona a los organizadores y a quienes faciliten, concertados para su ejecución, vehículos para participar en estas carreras.