Dueños del terreno donde se consumó el crimen piden a la justicia que ocupantes ilegales se abstengan de ingresar
El mismo día viernes en que quedó al descubierto el asesinato de Abel Maragaño Amolef, al interior de un predio particular, los propietarios recurrieron a la Corte de Apelaciones instando porque los ocupantes ilegales se abstengan de ingresar a dicho recinto, de propiedad de Comercial e Inmobiliaria Ene S.A. (Nandwani).
Los ocupantes ilegales fueron identificados como Heriberto Carrasco Arce y Felipe Astorga Acuña, en contra de quienes está dirigida la presentación judicial, además de otros indigentes que suelen frecuentar dicho predio, cuya dirección se encuentra en proyección José González S/N, que corresponde a la chacra 7-B, al cual se puede acceder tanto por José González como por Enrique Abello.
La propietaria plantea que estos terrenos se encuentran en el radio urbano, siendo adquiridos por la Inmobiliaria como una inversión, para la construcción de viviendas, siendo ofrecidos a constructoras de la zona, negocio que no ha podido materializarse, por estar ocupados ilegalmente.
Denuncia que el lugar se encuentra claramente delimitado, con sus respectivos cierres perimetrales, los que han sido destrozados por los ocupantes, quienes vienen ocupando el terreno, en el cual levantaron viviendas hechizas, cerrando el acceso a cualquier persona.
Los reclamos de los vecinos del sector residencial que rodea dicha ocupación, se han intensificado en el último tiempo.
El recurrente hace presente que “estamos en presencia de un acto que es ilegal y arbitrario que no tiene por qué ser soportado”, por lo que demanda a la justicia a tomar las siguientes medidas: Que los ocupantes ilegales deben desocupar dicho predio, absteniéndose de ingresar, por si o a través de terceros; que los ocupantes ilegales deben retirar toda construcción instalada en el predio; que se autorice el auxilio de la fuerza pública para hacer cumplir lo que resuelva la Corte de Apelaciones.
Por último, se pide se decrete orden de no innovar, disponiendo que los ocupantes ilegales deben abstenerse de ingresar al predio, en tanto se tramita el presente recurso.




