En Magallanes la deuda por pensión alimenticia asciende a los 230 millones 679 mil pesos
La jueza del Tribunal de Familia de Punta Arenas, Katherine González Butcher, dio cuenta que en la Región de Magallanes la deuda total por pensiones alimenticias asciende a los $230.679.755.
Sólo en el Juzgado de Familia de Punta Arenas han ingresado 1.074 personas al Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y, a la fecha, se han eliminado a 51 personas que cancelaron las pensiones impagas.
Las cifras las entregó al informar sobre la implementación del servicio tramitefacil.pjud.cl, orientado a proporcionar a las y los representantes de niños, niñas y adolescentes una forma fácil y expedita para solicitar el pago de pensiones de alimentos, mediante el retiro de recursos de los fondos de pensiones del alimentante que se encuentra en mora o retraso en el pago de sus obligaciones alimenticias.
Señaló que la inclusión de este nuevo servicio nace dentro del marco de implementación de la Ley N°21.484, sobre Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, normativa que entró en vigencia el 20 de mayo pasado.
El objetivo es el pago permanente de las obligaciones alimentarias de niños, niñas y adolescentes, ya que esto permitirá el desarrollo integral dentro del marco de la Convención sobre Derechos del Niño, facilitando así la búsqueda de patrimonio y cobro a través de la acción de los órganos del Estado.
Desde la puesta en marcha de la nueva normativa, en el Juzgado de Familia de Punta Arenas y los de competencia común en esa materia en Puerto Natales, Porvenir y Cabo de Hornos, ya se ha realizado la liquidación de 9.343 causas.
Cabe recordar que es indispensable realizar la conversión de pesos a UTM en la liquidación, porque ello permite calcular el presupuesto base para investigar el patrimonio de la persona deudora.
Requisitos
Para solicitar el cobro pueden hacerlo ante el tribunal mediante el trámite fácil, atención de público o con la asesoría de un abogado.
Eso sí, es necesario que exista una liquidación ejecutoriada de la deuda que acredite tres pensiones impagas continuas o discontinuas desde el 20 de mayo en adelante.
Ahora, si la investigación de activos bancarios y de instrumentos de inversión establece que el patrimonio del deudor es insuficiente para pagar la totalidad de la deuda de alimentos, entonces surge la posibilidad de obtenerla extraordinariamente a través de los fondos de pensiones del deudor.




