Necrológicas

Isapres y cotizaciones previsionales entre la convicción y la responsabilidad

Por Carlos Contreras Martes 14 de Mayo del 2024

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Consecuencia del fallo de la Corte Suprema de Justicia que, en relación con la tabla de factores aplicada por las entidades privadas de seguros de salud, determinó la existencia de una deuda en favor de los cotizantes, superior a mil quinientos millones de dólares, suma que sería impagable para estas empresas, se ha procedido a la votación de una ley corta, en el Parlamento, negociada por el gobierno y que ha establecido en sus principales acuerdos el pago de la deuda con los cotizantes en un plazo de 13 años con plazos menores para los mayores de 64 (entre 60 y 72 meses) y de 80 años (24 meses); también se contempló el establecimiento de un índice de costos de la salud (Icsa) y otros mecanismos que permitieran sostener el sistema privado de salud con el objeto de evitar su colapso.

Si bien es cierto esta ley corta implica un cambio radical en lo que la coalición de gobierno había resuelto en esta materia y da cuenta de una protección que, a la luz de sus seguidores, es una verdadera renuncia a elementos de identidad del gobierno, no debe sorprender que, al final del día se haya adoptado un acuerdo para salvar la subsistencia del sistema privado de salud pues, al final del día, no existe alternativa posible y los únicos perjudicados en lo inmediato son los ciudadanos.

La decisión antes planteada, que ha generado importantes desavenencias en los integrantes del gobierno, no es más que una consecuencia lógica de gobernar en una democracia y en un sistema que se caracteriza por la coexistencia de operadores públicos y privados, y estas decisiones obligan a actuar con responsabilidad dejando atrás o pospuestas convicciones que son legítimas, pero que no pueden sostenerse sin colocar en riesgo el sistema en su conjunto.

El verdadero problema radica en que dicha responsabilidad, también debería aplicarse en otras situaciones en las cuales existen razones similares para establecer soluciones a medida por sobre a las convicciones.

En efecto, podemos dar cuenta del problema actual que se origina en el pago de cotizaciones previsionales adeudadas en que los valores a pagar, cuando ha existido un atraso que ha generado una laguna, son considerablemente mayores a los capitales adeudados consecuencia de los intereses y reajustes, el valor a pagar puede ser diez veces el monto adeudado por cotización impaga y si existe disposición de pago por parte del deudor, que generalmente es un empleador de escasos recursos, que busca solucionar el problema para continuar desarrollando su emprendimiento, se le exige el todo por cuanto no se podría renunciar a los intereses y reajuestes por tratarse de fondos de carácter previsional. De este modo muchas veces contando con el dinero para pagar el valor nominal o capital correspondiente a las cotizaciones no pagadas, dicho pago no se efectúa porque exigen el pago del monto total adeudado que, generalmente, es impagable al igual que la deuda actual de las isapres con sus cotizantes.

En mi modesta opinión, ya es momento de preocuparse de estos asuntos y así como se perdona a entidades que se han lucrado con números inimaginables, se beneficie a pequeños y medianos empresarios para que paguen el capital de cotizaciones que, por diversas razones no pudieron pagar en su momento, pues esto le permite ponerse al día, completar lagunas de los cotizantes y, a pesar de perder los intereses y reajustes, por lo ,menos se estabiliza el sistema en lo general y en lo particular, en fin, renunciando a la convicción del sistema, pero apelando a la responsabilidad de mantenerlo.