Administrativo de la Junji fue formalizado por abusos sexuales contra menores de 14 años
El imputado llegó hasta el tribunal de forma voluntaria para a ser formalizado por el delito de abuso sexual en contra de dos menores de 10 y 13 años, respectivamente. El imputado es padre biológico de una de las víctimas y al menos hasta el día antes de su formalización, trabaja como administrativo en la Junta de Jardines Infantiles (Junji), en el área de planificación.
En la audiencia se determinó la reserva de todos los nombres de los involucrados, tanto las víctimas como el imputado y testigos, dada la gravedad de los hechos denunciados y la relación de parentesco entre el formalizado y una de las víctimas.
La Fiscalía cuenta con el testimonio de las agredidas sexualmente, la madre de una de ellas, psicólogos y psiquiatras, que confirman la veracidad de los hechos denunciados y potenciales consecuencias psiquiátricas para las menores de edad. El Ministerio Público maneja sets fotográficos de los sitios del suceso.
Son dos los hechos que consideró la investigación: uno en contra de la hija del imputado, por abusos reiterados entre el 2020 y 2023, cuando la víctima tenía entre 10 y 13 años. La acusación penal fue realizada por la madre y se expuso que el imputado mantenía cámaras en todas las habitaciones de la casa, incluyendo la de su hija que escondía entre peluches. El segundo suceso ocurrió entre 2007 y 2010, y fueron cometido en contra de la hija de su por entonces conviviente y pareja.
El formalizado es ingeniero informático de profesión y trabajador de planta en la Junji.
Debate cautelar
y resolución
Mientras la Fiscalía Regional solicitó la medida cautelar de arresto domiciliario total por estos hechos, la parte querellante, cuya defensa asumió la abogada Macarena Barría, fue por la medida más gravosa: prisión preventiva. La argumentación de Barría se basó en la ”existencia de daño y abusos sexuales acreditados”, así como actos repetidos en el tiempo.
La defensa del imputado, representada por el abogado Leonardo Vallejos, argumentó que los antecedentes presentados vulneraban los principios de “debido proceso”, toda vez que no se aclara el origen de los informes psiquiátricos expuestos por la Fiscalía. Además, sobre las medidas cautelares, indicó que su cliente es cuidador de su madre, con alto porcentaje de discapacidad, por lo que la restricción de libertad afectaría el bienestar de ella.
El juez Juan Villa Martínez resolvió que no existía “ninguna ilegalidad” en los antecedentes proporcionados por la Fiscalía y parte querellante, ya que están amparados por la denuncia de la madre. No obstante, no accedió a las cautelares de ninguna de las partes, tomando en cuenta la consideración de arraigo familiar. Se determinó en definitiva las medidas de arraigo regional y prohibición de acercamiento y contacto comunicacional con ambas víctimas. El plazo de investigación fue acordado en cuatro meses.
“Se analizará por parte de la Fiscalía interponer eventualmente un recurso de apelación en contra de la resolución de la magistratura”, indicó la fiscal Katerina Aranis.