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Cazadores deportivos acusan que nuevas exigencias legales apuntan a desarmar a la población

Lunes 30 de Septiembre del 2024

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Una evidente molestia por el cambio de las reglas del juego, ha surgido entre los propietarios de armas de fuego, sobre todo del mundo proveniente de la caza deportiva, frente a las nuevas exigencias tras la modificación al reglamento complementario de la Ley N°17.798 sobre Control de Armas.

El cambio normativo comenzó a regir este 1 de agosto, correspondiendo su control a la autoridad fiscalizadora, en este caso Carabineros de Chile.

Según plantea René Javier Prado, presidente del Club de Pesca y Caza Español, gradualmente las personas que poseen un arma, ya sea para su tenencia en el domicilio o bien para practicar algún tipo de actividad deportiva, sea de tiro o cacería, debían cumplir con ciertas exigencias, entre otras no haber sido condenado por crimen o simple delito; no haber sido condenado por violencia intrafamiliar; no encontrarse sujeto a medida de protección o cautelar que impida la tenencia, posesión o porte de armas de fuego; no ser llevado a juicio por la Justicia Militar. Adicionalmente, se debía acreditar cada 5 años ante la autoridad fiscalizadora la aptitud física y psíquica compatible con el uso de armas, mediante un certificado médico extendido por un psiquiatra, al igual que rendir cada 5 años una prueba de 100 preguntas ante la autoridad fiscalizadora para acreditar conocimientos sobre conservación, mantenimiento y manejo del tipo de arma que cada persona posee. Y, tener domicilio conocido y someterse periódicamente a una inspección domiciliaria por parte de personal de Carabineros o de la PDI, para revisión de la existencia de las armas que cada uno tiene registradas.

“Todos cumplimos con dichas exigencias, ningún propietario de armas en Chile debe tener algún problema con la justicia”, recalca René Prado, quien además de representar el sentir de su institución conformada por 50 socios activos, también lo hace a nombre de otras cinco entidades: Club Deportivo de Pesca y Caza Punta Arenas (73 socios); Club de Tiro Patagónico Juan Hechenleitner Vera (74 socios); Club de Tiro Punta Arenas (54 socios); Asociación Chilena del Rifle en Magallanes, y Comercial Mac-Lean y Cia Ltda (empresa exportadora de carne de liebre a Europa y que cuenta con 50 cazadores comerciales).

Agrega que las personas que conforman estas instituciones, son aquellas que “intentamos cumplir con la ley”.

Prado enfatiza que conforme a la normativa vigente, sólo se permite mantener el arma dentro del domicilio registrado. En el evento que el propietario practique alguna actividad deportiva debe contar entonces con un permiso de transporte de armas, el cual tiene una duración de dos años y para renovarlo se debe pagar un impuesto y exhibir un Certificado de Antecedentes para Fines Especiales, en que no debe tener registros de ningún tipo.

Ahora, si el arma es utilizada para cazar, se agregan otros requisitos, como la obtención de un permiso que otorga el Sag con vigencia de 2 años y para cuya obtención se debe pegar un impuesto y aprobar una prueba sobre conocimientos de la normativa y Ley de Caza en Chile. En el caso que el arma sea utilizada para tiro deportivo, además del permiso de transporte de armas, exige pertenecer a un Club de Tiro Federado y entregar una carta por parte de la entidad que dé fe de ello.

“Todo el conjunto de exigencias descritas, dejan de manifiesto que todo propietario legal de un arma de fuego en Chile es una persona intachable desde el punto de vista de la justicia, que está dispuesto a cumplir con la ley y además que posee las facultades físicas y mentales para ello”.

Nuevas exigencias

A estas condiciones que ya parecían demasiado exigentes y que sólo buscaban que los propietarios legales de armas estén del lado de la ley, se le sumaron nuevos requisitos, frente al nuevo cambio normativo vigente desde hace casi dos meses. Según el artículo 77-A del Reglamento, agrega para ellos una nueva e “indignante exigencia”, como es aquella cada 5 años, los propietarios de armas de fuego deberán hacer un curso teórico práctico que acredite conocimientos sobre el uso de cada tipo de arma que se posea. Todo esto dictado por un capacitador y en una cancha de tiro, ambos reconocidos ante la Dirección General de Movilización Nacional.

“Aunque es difícil de creer, esto involucra a todos los propietarios de armas, tanto al que la mantiene en su casa y no tiene intenciones de usarla fuera de ella, como a todos los deportistas que practicamos la caza o tiro deportivo, incluso aquellos que lo hacemos por 2, 3, 4 décadas o más”, señala Prado.

“No logramos entender cuál es el objetivo de esta nueva exigencia. Sí podemos asegurar que al tema de la delincuencia no aporta; los propietarios legales de armas no podemos mantener ninguna anotación de nuestra Hoja de Antecedentes, de lo contrario perdemos la posibilidad de ser poseedores de un arma”.

El directivo hace un símil con una licencia de conducir donde se rinde por única vez una prueba práctica de conducción y luego cada 10 años una prueba de aptitud física. Por su parte, añade, quienes “poseemos armas en forma legal periódicamente debemos certificar nuestra condición psiquiátrica, pero sin embargo ahora debemos hacer un curso cada 5 años para acreditar que sabemos “manejar nuestras armas”. Como dato aportó que en 2023 fallecieron más de 1.635 personas por accidentes de tránsito, por su parte, es difícil encontrar registros de muertes por mala manipulación de un arma. Tampoco cuentan los asaltos y los asesinatos, por el hecho que los propietarios de armas no pueden tener condenas por crimen o simple delito, o de lo contrario deben entregar sus armas.

Sin respuesta

Según Prado, nadie ha podido responderle de dónde nacen estas mayores restricciones, ni siquiera la autoridad fiscalizadora. “El tema de la delincuencia, de los asesinatos, no tiene que ver con nosotros”, reafirma.

Al momento de buscar explicaciones, enfatiza que “a nosotros no nos queda otra cosa que concluir que esto va asociado a una agenda de desarme de la población, que tal vez no se quiera reconocer, pero por la vía del hostigamiento hacia los propietarios de armas, sabiendo que muchas personas no podrán costear todas estas cosas”. Sólo un certificado psiquiátrico tiene un costo de 90 mil pesos, y un certificado de curso teórico práctico, un valor de 250 mil pesos, el cual, indica, rápidamente se ha convertido en una fuente de lucro por parte de algunas empresas disfrazadas de clubes de tiro. Es aquí cuando surgen las siguientes preguntas: ¿Cómo un propietario de arma de fuego puede cumplir con las leyes y normativas que las regulan si no tiene los recursos para cumplir con ellas? ¿Qué ocurrirá con el medio centenar de cazadores que viven de la caza de la liebre en la región si no pueden costear estas exigencias? ¿Todo esto tendrá aparejado un fondo regional para el deporte que cubra el costo de este certificado, para todos los dueños de armas en la región?

Derogación

Frente al complejo escenario al que se ven expuestos los propietarios de armas, estos exigen la derogación de esta nueva exigencia al menos para Magallanes. “Nuestra realidad y situación geográfica no admite el tener que homologarnos en esta materia con resto del país”.

En lo inmediato, han solicitado ser recibidos por el delegado presidencial regional para exponer la situación y solicitar su apoyo, mientras tanto los propietarios se mantienen atentos a la evolución del tema y anuncian que irán tomando las acciones que correspondan.

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