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Mujer soldado denunció a colega por “fisgona”, pero el recurso de protección lo perdió

Domingo 3 de Noviembre del 2024

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Una mujer, cabo segundo del Ejército, que se desempeña como clase en el Regimiento Nº 10 “Pudeto” de Punta Arenas, perdió el recurso de protección que presentó en contra del jefe de esta unidad, por una supuesta vulneración de derechos.

A juicio de los ministros de la Corte de Apelaciones, “no es posible advertir la existencia de un acto arbitrario”, como lo denunció la recurrente.

En el recurso, la soldado dijo que se destaca por su trabajo serio y profesional dentro de la institución castrense. 

Sin embargo, su desempeño profesional comenzó a verse entorpecido por un derrotero de desprotección que principió en noviembre de 2023. Fue cuando se enteró que dentro del regimiento andaban circulando fotos de ella casi desnuda, mientras se duchaba o salía de la ducha. 

Fotografías que fueron obtenidas al modo espía, sin que la afectada pudiera advertirlo. “Y quien se jactaba de haberlas tomado y hecho circular era nada menos que una colega suya, también cabo segundo”.

Esto lo denunció el 5 de noviembre de 2023, iniciándose una investigación sumaria administrativa y se abrió un proceso en la justicia militar.

En el recurso expone que la soldado denunciada fue apartada de ella, “pero reubicada en unidades donde también residían víctimas y denunciantes de la mujer por los mismos hechos”. 

La investigación sumaria concluyó con 4 días de arresto con servicio para la denunciada y la cómplice, por “difundir sin autorización de las denunciantes, fotografías o registros visuales de éstas que forman parte de la esfera íntima de éstas, con el consecuente riesgo a la seguridad militar”. 

Rechazo

El recurso de protección en contra del comandante del Regimiento Pudeto, por un supuesto trato arbitrario a personal bajo su mando, toda vez que no estaría dando protección a la recurrente, fue rechazado por la ministra Caroline Turner, Juan Villa, ministro (s) y el fiscal de la Corte de Apelaciones, Pablo Miño.

El tribunal resolvió que en la actualidad existe un sumario administrativo y una denuncia ante el Tribunal competente, en relación con los hechos que la recurrente imputa.

Y que, “actualmente la recurrente se encuentra encuadrada en una unidad militar distinta, respecto de aquellas personas a quienes denunció en su oportunidad, razón por la cual aparece que la recurrida ha adoptado las medidas que razonablemente se encuentran a su disposición para la resolución del conflicto y dar la debida protección a la denunciante”.

El recurso de la soldado fue rechazado porque “no es posible advertir la existencia de un acto arbitrario, desde que no se aprecia una acción carente de razonabilidad, pues la circunstancia que eventualmente se dé una participación conjunta en una misma actividad, no reviste la entidad necesaria para configurar una vulneración de las garantías fundamentales supuestamente afectadas, desde que las medidas adoptadas por el mando, han resultado idóneas y suficientes para precaver cualquier nuevo conflicto”.

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