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Sentencia dio por ganador a Jorge Flies

Tricel sepultó la pretensión de Alejandro Riquelme de revisar los votos de gobernador regional

Jueves 14 de Noviembre del 2024

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El consejero regional Alejandro Riquelme Ducci perdió definitivamente su batalla legal en su intento por desbancar al gobernador Jorge Flies Añón, legítimo ganador de las elecciones del pasado 26 y 27 de octubre, por un nuevo periodo, 2025-2029, de acuerdo a la sentencia publicada este martes 12 de noviembre en el Diario Oficial, por parte del Tribunal Calificador Electoral (Tricel), que de este modo proclamó a Flies como triunfador de los comicios en única votación, con 39.170 preferencias (40,85%).

Un día antes, el 11 de noviembre, el mismo Tricel, sepultó la pretensión de Arturo Squella Ovalle, en representación del Partido Republicano de Chile, al solicitar que se ordene la revisión de los votos a favor de la candidatura a gobernador regional de Magallanes, de Alejandro Riquelme.

Que la solicitud descansa en el número excesivo de votos blancos y nulos, en algunas mesas, -que no detalla en su presentación-, en comparación a otras mesas del mismo local de votación, lo que entiende afecta directamente los resultados de la elección del cargo de gobernador, del antes dicho candidato. 

Asimismo, refiere inconsistencias en el conteo de votos-en las mesas que no señala-, con una “evidente diferencia entre el total de votos emitidos y los registrados en el acta”, lo que afectó según expone el porcentaje que le correspondería en el total del escrutinio de votos, escapando de la tendencia del candidato, lo que entiende se debe a errores en la contabilización de los sufragios.

En una sentencia de siete considerandos que firman los ministros Mauricio Silva, María Cristina Gajardo, Arturo José Prado, Adelita Ravanales y Gabriel Ascencio, se rechaza dicha reclamación, bajo el argumento que “del examen y calificación llevados a cabo por este Tribunal con respecto a las votaciones de la elección de Gobernador en la Región de Magallanes y Antártica Chilena, no quedaron en evidencia errores o defectos de entidad relevante de la índole de aquéllos invocados indeterminadamente por el actor (reclamante)”.

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