Ex asistente de fiscal y ex asesora jurídica ganan demandas laborales al Ministerio Público por despido injustificado
Del orden de los 200 millones de pesos ha desembolsado el Ministerio Público en el pago de finiquitos a seis históricos colaboradores de la Fiscalía Regional de Magallanes y Antártica Chilena, desvinculados de sus altos cargos luego de que en mayo de 2023 asumiera el nuevo fiscal regional Cristián Crisosto Rifo, de quien, señalan, ha emprendido una verdadera razzia al interior del organismo, nunca antes vista desde que 2001 entrara en vigor en la región la Reforma Procesal Penal, que dio lugar a la creación del Ministerio Público.
Además del alto costo que esto ha representado para el erario nacional, también ha significado un alto costo para la propia Fiscalía en términos del rendimiento de los funcionarios, debido a la presión y a un entorno laboral hostil, o sea, todo lo contrario lo que se pretendió en su momento cuando Crisosto tomó las riendas de la Fiscalía Regional. Lo anterior se desprende de los dichos de la directora ejecutiva de la Fiscalía Regional de Magallanes, Camila Fernández Rodríguez, plasmados en una declaración prestada en un juicio laboral, quien expuso que “en algunas regiones como el caso de Magallanes, por un tema de dotación se compartía la jefatura de algunas unidades y que cuando asume el fiscal Crisosto, uno de los puntos más críticos era el cuidado de equipos y el clima laboral, ya que la región históricamente tenía los peores registro de clima laboral, con muchas denuncias por maltrato y temas de gestión en el área de personas, surgiendo la idea de separar el área de Finanzas de la de Personas”.
Desde que el abogado Pedro Corti diera la partida oficial al Ministerio Público de Magallanes, en diciembre de 2001, y pasando luego por sus sucesores Juan Agustín Meléndez y Eugenio Campos, prácticamente se mantuvieron los mismos equipos de confianza.
Mal ambiente laboral
En los 18 meses de gestión de Crisosto, constituye una prueba irrefutable que de a poco se ha ido descabezando al círculo que es considerado más leal con la administración anterior, como tal cual lo asevera un exfuncionario, cuando señala que “le están haciendo la vida imposible, los funcionarios vienen soportando un acoso laboral”.
En medio de este mal ambiente laboral, en las últimas semanas no ha dejado de llamar la atención la ausencia del fiscal Manuel Soto, especializado en la persecución del tráfico de drogas, quien se encuentra separado de sus funciones en razón de una medida interna, generando de paso, una recarga laboral para los restantes fiscales.
Si bien en la mira también podrían estar algunos fiscales adjuntos, no resulta fácil la remoción de estos profesionales, pues para adoptar una decisión en tal sentido, deben concurrir determinadas circunstancias, entre ellas un mal comportamiento o negligencia en el ejercicio de sus funciones, falta de probidad e incumplimiento grave de sus obligaciones.
Desvinculaciones
Cristián Crisosto asumió como fiscal regional el 16 de mayo de 2023, tras ser designado en el cargo por el fiscal nacional Angel Valencia. Entre sus primeras decisiones y dentro de sus facultades, decidió nombrar a un nuevo equipo directivo, lo que significó el alejamiento de Verónica Larraín, Danilo Huilcarema y Ricardo Thompson, quienes presentaron sus renuncias voluntarias a sus respectivos cargos de exclusiva confianza, las que fueron aceptadas por Crisosto.
A estas tres desvinculaciones, en marzo de este año se sumaron la ex fiscal y jefa de la Unidad Regional de Víctimas y Testigos por más de 8 años, Alejandra Guevara; la asesora jurídica Mary Geysi Gutiérrez, y el asistente de fiscal y fiscal subrogante, Marcelo Figueroa.
Demandantes
Estos tres abogados, en mayo y junio pasado, presentaron sendas demandas laborales ante el Juzgado del Trabajo de Punta Arenas dirigidas en contra del Consejo de Defensa del Estado-Ministerio Público, argumentando la improcedencia de los despidos y ordenando al fisco de Chile el pago de indemnizaciones.
Este 6 de noviembre, respecto de los abogados Marcelo Figueroa y Mary Geysi Gutiérrez, la titular del Juzgado Laboral de Punta Arenas, Claudia Ortiz, estableció que ambos despidos fueron injustificados, condenando al fisco-Ministerio Público, a pagar a cada uno de ellos una indemnización de poco más de 11 millones de pesos, debiendo cancelar, además, las costas de la causa por haber sido totalmente vencido en el juicio. Ninguno de ellos solicitó su reincorporación al servicio.
En el caso de la asesora jurídica Mery Gutiérrez, el fiscal regional de Magallanes fundó la causal de despido “en el término de contrato de trabajo prevista en el artículo 81, letra k, de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, por necesidades de la Fiscalía Regional derivadas del cambio de naturaleza de las funciones que hacen necesaria la separación de esta funcionaria”.
Como asesora jurídica especializada, Gutiérrez revisaba las acusaciones remitidas al fiscal regional para su aprobación en delitos de violencia intrafamiliar y de género, femicidios; delitos económicos, y medio ambientales; de corrupción; y en Sacfi (Sistema de Análisis Criminal y Focos Investigativos, de delitos contra la propiedad, y económicos, estafas, ley de mercado y otros, incluso de delitos sexuales, cuando la asesora de especialidad estaba ausente.
Respecto del desvinculado abogado Marcelo Figueroa, el fiscal regional argumentó en su resolución administrativa, que la región se encuentra dentro de las cinco regiones con mayor tasa de ingresos por delitos de carácter sexual y que se hace necesario potenciar la Unidad de Delitos Sexuales y Delitos Violentos de la Fiscalía Local de Punta Arenas, contando con un funcionario/a abogado/a o asistente de fiscal que cuente con formación especializada en Género”, cuyo cargo era desempeñado por dicho abogado, quien a decir del propio Crisosto, “no cuenta con ningún tipo de especialización, ya sean cursos, diplomados o magíster en temáticas relacionadas con género”. Lo anterior es refutado por Figueroa en su demanda laboral, quien enumera las especializaciones asociadas en materias de género, delitos sexuales y violencia intrafamiliar, lo que refuerza con un Magíster en Derecho, con mención en Derecho Penal, impartido por la Universidad de Chile.
Al abordar el fallo el despido de Figueroa, sostiene que “el empleador infringió el deber de formación, porque el actor (demandante) bien pudo ser capacitado por la propia institución, puesto que de acuerdo a la testigo Romina Moscoso, el Ministerio Público realiza capacitaciones tanto voluntarias como obligatorias”. Añade la sentencia que “en el escenario descrito, el despido, que es una medida de última ratio, se torna como una solución desproporcionada de cara a las necesidades que el empleador pretendía resolver y, por ende, injustificado, al no configurarse la causal de despido, puesto que no ha habido un real cambio de naturaleza de las funciones que haga necesaria la separación del funcionario, ya que como se adelantó, no experimentó variación alguna el perfil del cargo que desempeñaba el demandante y, la necesidad de contar con un abogado capacitado en ciertas temáticas era fácilmente solucionable mediante la observancia de los deberes que impone el principio de buena fe al empleador”.
En contra de esta sentencia, este martes 19 de noviembre, el procurador fiscal del Consejo de Defensa del Estado, Claudio Benavides, interpuso un recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva, con miras a que la Corte de Apelaciones rechace la demanda de ambos, “ya que sus despidos se encuentran debidamente justificados”, remata la presentación.
Rechaza demanda
En el caso de la abogada Alejandra Guevara, quien al igual que sus colegas demandó al Ministerio Público y Consejo de Defensa del Estado, otro juez laboral, Guillermo Cádiz, con fecha 27 de agosto, rechazó el juicio de despido injustificado, por haberse “cumplido con todos los requisitos legales para poner fin al contrato de trabajo que ligaba a las partes, de acuerdo a su propia y específica regulación”. Si bien esta abogada interpuso un recurso de nulidad contra dicha sentencia ante la Corte de Apelaciones, postulando que se “acoja la demanda en cuanto a condenar a la demandada al pago de la indemnización por años de servicio solicitada más los incrementos legales que corresponden, con costas”, días después Guevara se desistió de seguir adelante con su batalla legal.