Fiscalía no logró probar culpabilidad de abuelo acusado de abusar sexualmente de una nieta
Desde el comienzo del juicio, el abogado jefe de la Defensoría Penal Pública de Puerto Natales, José Miguel Navarrete, abogó por la inocencia de un abuelo llevado a juicio por cometer un supuesto abuso sexual en contra de una nieta, de entonces 9 o 10 años de edad.
Al final del proceso, los jueces Julio Alvarez Toro, Adriana Knopel y Alejandra Rosas, terminaron encontrándole la razón y declararon inocente al acusado, iniciales B.G.A, de 69 años de edad.
Según la fiscalía, cuando una vez la víctima menor de edad concurrió al domicilio del hombre, éste se habría aprovechado de la pequeña, tocándole sus partes íntimas por debajo de la ropa.
Esto le habría provocado una gran afectación emocional. Incluso, con el paso del tiempo, “comenzó a provocarse cortes en los brazos y a autoflagelarse por las situaciones vividas y el estrés que le provocaron los hechos descritos”.
La figura paterna estuvo ausente gran parte de la vida de la menor, razón por la cual intentó vincularse con éste y su familia. Ahí fue que la madre la autorizó a viajar a Puerto Natales con este fin y, en circunstancias que se quedó sola con su abuelo, es que habría sufrido la supuesta agresión sexual.
La defensa solicitó la absolución. Entre los argumentos, dijo que la PDI concurrió al domicilio de su representado y obtuvo la declaración de la cónyuge de éste, de su hijo y padre de la menor, quienes afirmaron que la única vez que la menor concurrió a esa vivienda en ningún momento estuvieron solos, lo que también es afirmado por una persona ajena a la familia como es la pareja del padre, con quien la menor tiene una excelente relación, que también niega la existencia de un contacto a solas entre el acusado y la menor.
“Se trató de un almuerzo familiar en que no hubo contacto físico entre ellos”, planteó Navarrete.
La madre de la niña declaró en el juicio en apoyo a su hija, por el daño que el abuelo paterno le provocó. Dijo que le quitó su inocencia y abusó de su hija.
Al enterarse de los hechos vino a entender algunas conductas de su hija, que no evidenció en el minuto, sino a lo largo del tiempo, en que entendió alguna de sus actitudes que comenzaron como un año antes que ella revelara estos hechos, como cortarse los brazos.
La víctima declaró que lo sucedido se lo contó a una tía del colegio y que estaba muy mal porque se acordaba de todo lo que había pasado. Lo sucedido se le venía a la mente, le daban muchas ganas de llorar, tampoco comía, andaba muy débil.
Cuando le preguntaron por qué se sentía mal, dijo que tenía mucha pena por algo y se puso a llorar. Y ahí vino la develación.
Inocente
Sobre la acción imputada al acusado, como es haber tocado las partes íntimas de la menor, el trío de jueces determinó que la fiscalía no logró acreditar la culpabilidad del acusado.
De ahí la decisión de absolverlo, “ya que la efectiva ocurrencia del único hecho planteado en la acusación no se acreditó”.