Necrológicas
Fiscalización de la autoridad

Denuncias laborales en la región: no pago de sueldos, cotizaciones e informalidad lideran las causas

Lunes 9 de Junio del 2025

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  • Dirección del Trabajo realiza sobre 3 mil fiscalizaciones al año y sobre 2 mil reclamos administrativos.

 

La Dirección del Trabajo en la región mantiene una intensa agenda de fiscalización ante las denuncias por incumplimientos laborales. Según explicó el seremi del Trabajo (s) y director regional del servicio, Carlo Gorziglia Sain, las principales razones que motivan las acciones de control y fiscalización giran en torno al incumplimiento de las obligaciones que establece el contrato individual de trabajo. “Fundamentalmente se trata de no pago de remuneraciones, de cotizaciones previsionales y situaciones de informalidad laboral, que también constituyen las principales infracciones que registramos”, planteó el seremi subrogante.

Estas situaciones no sólo afectan directamente los derechos de los trabajadores, sino que también configuran infracciones a la normativa laboral vigente, por lo que son fiscalizadas tanto en respuesta a denuncias formales como mediante programas de inspección planificada, que buscan detectar patrones de incumplimiento en ciertos sectores productivos.

El proceso se activa de dos maneras. “Primero, a través de denuncias formales, que pueden ser presentadas por el propio trabajador o por terceros; y segundo, mediante programas de fiscalización orientados a industrias o rubros específicos donde existen antecedentes o indicios de posibles irregularidades”, afirmó la autoridad. Estos programas permiten a la Dirección del Trabajo adelantarse a situaciones de vulneración de derechos laborales, actuando de manera proactiva.

En términos de volumen, la Dirección del Trabajo realiza entre 3 mil y 3.500 fiscalizaciones anuales en materias laborales, a lo que se suman más de 2 mil reclamos administrativos cada año. Estos últimos corresponden a procedimientos de conciliación, donde el trabajador y el empleador buscan resolver un conflicto sin necesidad de acudir a tribunales.

En cuanto a desvinculaciones, Gorziglia sostuvo que la causal más recurrente es la necesidad de la empresa, seguida de la renuncia voluntaria y el mutuo acuerdo entre las partes. En contraste, los despidos por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales representan una minoría.

Consultado por el uso de la causal de necesidad de la empresa, planteó que esta se encuentra expresamente regulada por la normativa laboral. “Generalmente obedece a procesos de reorganización interna o ajustes en la operación del negocio, lo cual debe estar debidamente fundamentado”.

Asimismo, subrayó que el empleador, si bien cuenta con el derecho constitucional de dirigir su empresa, debe hacerlo respetando el marco legal. “Existe un margen que otorga la normativa laboral, y dentro de ese marco el empleador puede gestionar y accionar su negocio de acuerdo a su modelo”.

La Dirección del Trabajo reiteró que las denuncias pueden realizarse de manera presencial o a través del sitio web institucional, recordando que la fiscalización laboral busca resguardar los derechos fundamentales de los trabajadores y promover el cumplimiento de las obligaciones que impone la ley.

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