Confirman pena de 5 años de cárcel efectiva para asaltante de punto de venta Copec
La Corte de Apelaciones rechazó el recurso de nulidad en contra de la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal que sentenció a 5 años de cárcel efectiva a Andrés Eduardo San Martín Casanueva, por el asalto que cometió el 22 de septiembre del año 2022.
Fue un delito consumado de robo con intimidación en perjuicio de una joven de 23 años que el día de los hechos atendía el punto de venta Copec.
Esa jornada apareció en escena el delincuente, alrededor de las tres de la mañana, en la estación de servicio ubicada en Avenida Bulnes esquina José González.
Sacó de su ropa un objeto contundente de vidrio y se acercó a la víctima. Traspasó el umbral del mesón que atendía. Ella estaba sola y procedió a intimidarla con el objeto que portaba. Se lo acercó a la cabeza y le exigió que le dijera donde estaba el dinero. Bajo amenazas sustrajo 70.000 pesos en dinero en efectivo desde un canasto plástico y huyó. Posteriormente fue detenido por una patrulla de Carabineros.
En junio de este año el acusado fue llevado a juicio por la Fiscalía, que consiguió un veredicto de condena. Posterior a la entrega de la sentencia el defensor, Juan Pablo González Echeverría, interpuso un recurso de nulidad, pero fue desestimado por el tribunal de alzada.
Los ministros desestimaron la teoría de la defensa, de que el autor “se encontraba en estado de ebriedad, sin dinero y con necesidad de consumir algún estupefaciente, lo que sería común en las personas que padecen esta enfermedad en su desesperación”.
Para la Corte esto no tiene sustento y lo descartaron, “toda vez que el actuar doloso del acusado, quedó plenamente establecido, al momento de intimidar a la víctima con un objeto de vidrio contundente que puso a la altura del cuello de la dependiente”.
Además reiteran que “los tribunales orales en lo penal son soberanos en la apreciación de la prueba”.




