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Condenan a 7 años de cárcel a cliente que asesinó a delivery por tardarse

Sábado 15 de Noviembre del 2025

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El Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Tomás Alejandro Aguirre Martínez a 7 años de prisión efectiva como autor del homicidio simple de Heberth Sánchez (19), repartidor de delivery. El hecho ocurrió en diciembre de 2022 en la comuna de Ñuñoa. La sentencia representa menos de la mitad de la pena de 15 años de presidio que había solicitado el Ministerio Público.

El imputado, de 29 años, cometió el crimen luego de que el repartidor, de nacionalidad venezolana, llegara a un edificio de Avenida José Pedro Alessandri para entregar un pedido. Aguirre Martínez bajó desde su departamento en el sexto piso para recibir la hamburguesa que había solicitado.

Al momento del encuentro, el condenado comenzó a insultar a Heberth Sánchez por la demora en la entrega y lo empujó repetidas veces. Acto seguido, Aguirre Martínez agarró un cuchillo que llevaba escondido detrás de su espalda y apuñaló en el tórax al joven repartidor.

La víctima falleció casi al instante a causa de un shock hipovolémico. Las investigaciones revelaron que, incluso antes de la llegada del repartidor, el agresor lo había increpado y amenazado a través de la aplicación Rappi por la demora del pedido.

En la determinación de la pena, el tribunal consideró que el acusado resultó responsable de un “delito consumado de homicidio simple, contemplado en el artículo 391 N°2 del Código Penal, el cual se encuentra sancionado con la pena de presidio mayor en su grado medio”.

No obstante, la sentencia aplicó una rebaja. El fallo explica que “conforme a este último, que consigna, ‘Se aplicará asimismo la pena inferior en uno, dos o tres grados al mínimo de los señalados por la ley, cuando el hecho no fuere del todo excusable por falta de alguno de los requisitos que se exigen para eximir de responsabilidad criminal en los respectivos casos de que trata el art. 10’”.

La defensa de Aguirre Martínez presentó atenuantes que el tribunal acogió. La resolución señala que “concurriendo en el caso una disminución de la imputabilidad que, como se anotara, se encuadra en lo previsto en el artículo 11 N°1 en relación con el 10 N°1 y 73, todos del Código Penal”.

El tribunal fundamentó la reducción de la pena en los problemas de salud mental y consumo de drogas del condenado.

biobiochile.cl

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