Violencia extrema contra las mujeres
Las cifras conocidas sobre violencia extrema contra las mujeres en Magallanes son elocuentes. Treinta y cinco hechos de femicidio -consumados, frustrados y tentados- en un período de cinco años constituyen una señal de alerta que interpela a toda la sociedad regional y al Estado en su conjunto. Detrás de cada número hay una historia de violencia, de riesgo vital y de vulneración de derechos que no puede ser relativizada ni normalizada.
De acuerdo con los datos oficiales del Circuito Intersectorial de Femicidios del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, entre 2021 y 2025 se registraron en Magallanes dos femicidios consumados, veintiuno frustrados y doce tentados. El año 2024 concentró el mayor número de femicidios frustrados, con trece casos, mientras que 2025 cerró con un femicidio consumado, seis frustrados y ocho tentados. Estas cifras, lejos de ser frías, describen una realidad compleja y persistente de violencia de género que atraviesa el territorio, incluso en comunidades pequeñas donde el impacto social y emocional de estos hechos es aún mayor.
Es necesario subrayar que el femicidio no es un delito más. Se trata de la expresión más extrema de la violencia de género, aquella que tiene como trasfondo el odio, el desprecio o la discriminación hacia las mujeres. Su tipificación en la legislación chilena ha sido un paso fundamental para visibilizar estas conductas, reconocer su carácter estructural y establecer sanciones acordes a su gravedad. En ese sentido, la distinción entre femicidio consumado, frustrado y tentado no es un tecnicismo jurídico, sino una herramienta clave para comprender las dinámicas de la violencia extrema y actuar antes de que el desenlace sea fatal.
El aumento de los femicidios frustrados y tentados en los últimos años, como ha señalado la seremi de la Mujer y Equidad de Género, debe analizarse con cautela. No necesariamente refleja un incremento de la violencia, sino también una mejora en la detección temprana de situaciones de alto riesgo, una clasificación más rigurosa de los hechos y una respuesta más oportuna por parte de las instituciones. Que hoy existan más casos en que la violencia extrema no termina en la muerte de una mujer habla de una mayor capacidad del Estado para intervenir, pero no puede ocultar la persistencia del problema de fondo.
La entrada en vigencia de una legislación más robusta, como la Ley Integral sobre Violencia hacia las Mujeres, ha ampliado el marco de protección y ha permitido superar las limitaciones de una normativa centrada exclusivamente en la violencia intrafamiliar. Hoy el Estado reconoce y aborda la violencia en todas las relaciones de pareja o sexoafectivas, ampliando el acceso a la justicia y a las medidas de protección. Este avance normativo es relevante, pero su efectividad depende de su implementación real, del fortalecimiento de los equipos especializados y de la coordinación permanente entre los distintos organismos involucrados.
Magallanes enfrenta desafíos particulares en esta materia. La dispersión geográfica, las brechas de acceso a servicios especializados y las dinámicas propias de comunidades pequeñas exigen respuestas diferenciadas y sostenidas en el tiempo. La prevención, la educación con enfoque de género, la detección temprana y el acompañamiento efectivo a las víctimas deben ser pilares centrales de la acción pública, más allá de la reacción penal frente a los casos consumados.




