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Corte declaró inadmisible recurso de AFP PlanVital que exigía el uso de la fuerza pública contra la Cormunat

Miércoles 4 de Febrero del 2026

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  • La causa se originó el 12 de enero de 2023, por una deuda inicial de $3,6 millones, la que fue aumentando progresivamente hasta alcanzar en mayo de 2025 un monto total de $197.214.183.

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por AFP PlanVital, en el marco de una demanda de cobranza previsional contra la Corporación Municipal de Natales, confirmando así la decisión del Juzgado de Letras y Garantía de esa comuna de rechazar el uso de la fuerza pública para ejecutar embargos por cotizaciones impagas.

El fallo, dictado el 3 de diciembre del año recién pasado, estableció que dicha resolución no es susceptible de apelación, conforme a lo dispuesto en la ley que regula el procedimiento de cobranza de cotizaciones previsionales.

En caso de haber resultado favorable el fallo para AFP PlanVital, este habría facultado a Carabineros de Chile o a la Policía de Investigaciones para embargar bienes con el fin de asegurar el pago de la deuda e, incluso, detener a la representante legal de la corporación en caso de negarse al pago de esta acreencia.

Monto en ascenso

La causa se originó el 12 de enero de 2023, cuando AFP PlanVital presentó una demanda ejecutiva previsional por una deuda inicial de $3,6 millones, la que fue aumentando progresivamente tras la acumulación de nuevas causas y sucesivas liquidaciones, hasta alcanzar en mayo de 2025 un monto total de $197.214.183, considerando capital, reajustes, intereses y recargos legales.

Durante la tramitación del proceso, el tribunal ordenó diversos mandamientos de ejecución y embargo, incluyendo una resolución que autorizó la traba sobre subvenciones educacionales.

Traspaso al Slep

Sin embargo, el escenario cambió tras el traspaso del servicio educacional al Servicio Local de Educación Pública (Slep) Magallanes, ocurrido el 1 de enero de 2024, lo que dejó a la corporación municipal sin percepción de subvenciones escolares.

En ese contexto, tanto la Seremi de Educación como el propio Slep Magallanes informaron al tribunal que, conforme a la legislación vigente, el nuevo servicio no es responsable de deudas previsionales generadas con anterioridad al traspaso, las que permanecen radicadas en el patrimonio de la corporación municipal. Además, la ley prohíbe expresamente embargar recursos o bienes del Slep para responder por obligaciones de la antigua administración.

Recurso en la Corte

AFP PlanVital recurrió a la Corte argumentando que la corporación demandada sigue existiendo legalmente, mantiene funciones en áreas como salud, cultura y turismo, y continúa recibiendo aportes municipales, por lo que —a su juicio— sus bienes son embargables y procede el auxilio de la fuerza pública. Asimismo, invocó el principio de continuidad laboral y la eventual responsabilidad del Estado en el pago de cotizaciones impagas.

No obstante, la Corte de Apelaciones desestimó el recurso por razones formales, dejando a firme la resolución que negó las medidas de apremio solicitadas. Con ello, la causa vuelve a su estado anterior en primera instancia, manteniéndose el conflicto respecto de las vías efectivas para el cobro de una deuda previsional que se arrastra desde antes del traspaso al nuevo sistema de educación pública.

Otras deudas

Esta es una de las tantas acreencias que aún mantiene la Cormunat, correspondientes al período en que fue sostenedora de la educación pública en Natales. A comienzos de año, esta institución fue condenada por el no pago de honorarios profesionales y gastos asociados a la prestación de servicios legales, adeudando una suma superior a los $25 millones.

En octubre pasado, la Dirección de Educación Pública ordenó la restitución de $240 millones entregados en 2023, montos destinados a mejorar las escuelas Juan Ladrillero y Dorotea. Según datos publicados en junio pasado, la corporación arrastra una deuda total cercana a los $13 mil millones.

Varios de estos montos están siendo asumidos por el Fisco y descontados por la Dirección de Presupuestos a través del Fondo Común Municipal.

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