Necrológicas

Atropello a la propiedad intelectual en la era digital

Por La Prensa Austral Miércoles 13 de Mayo del 2026

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La reciente indicación sustitutiva al Proyecto de Ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social, específicamente en lo relativo a su artículo 8, representa una de las amenazas más graves que ha enfrentado la industria creativa y periodística en Chile en las últimas décadas. Bajo la apariencia de fomentar la innovación tecnológica, el Ejecutivo propone una modificación al artículo 71 T de la Ley de Propiedad Intelectual que, en la práctica, constituye una expropiación regulatoria de los derechos de autor en beneficio de grandes plataformas tecnológicas globales.

La postura de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) es clara y contundente respecto a que la nueva redacción no sólo no corrige los vicios denunciados anteriormente, sino que los agrava sustancialmente. Al legalizar el uso de obras lícitamente publicadas para el “entrenamiento, desarrollo o despliegue de modelos de inteligencia artificial” sin necesidad de autorización ni remuneración, el Estado está despojando a los creadores de los atributos esenciales de su dominio sobre bienes incorporales, protegidos explícitamente por nuestra Constitución.

Es alarmante observar cómo el estándar de protección se debilita deliberadamente. La norma propuesta omite el tercer paso de la regla internacional de los tres pasos (Convenio de Berna y ADPIC), ignorando el requisito de que el uso no debe causar un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del titular. Esta omisión priva a los medios de comunicación del estándar más protector del derecho internacional, elevando injustamente la carga probatoria frente a posibles abusos.

El gobierno intenta mitigar este impacto con la creación de un Fondo de Promoción y Protección de la Propiedad Intelectual. Sin embargo, como bien señala la ANP, estamos ante una “falsa compensación”. Este fondo no está diseñado para indemnizar a los titulares afectados proporcionalmente al valor económico del uso de sus obras. Por el contrario, es un fondo de “dirección estatal” cuya administración recae exclusivamente en ministerios, excluyendo a los propios titulares del derecho. Además, su entrada en vigencia queda supeditada a una incierta generación de ingresos por parte de empresas globales que, muchas veces, ni siquiera tienen domicilio tributario en el país.

Mientras el mundo avanza hacia el reconocimiento de los derechos de los creadores -como la Directiva de la Unión Europea que permite el mecanismo de “opt-out” o reserva de derechos-, Chile parece marchar en sentido contrario. En otros mercados, los medios de comunicación ya están suscribiendo acuerdos de licenciamiento con empresas de IA. La propuesta chilena, insólitamente, pretende legalizar de forma gratuita lo que en el resto del mundo se está pagando.

Resulta incomprensible que se haya retrocedido respecto a consensos parlamentarios previos que limitaban estas excepciones a fines científicos y sin fines de lucro. Por ello, respaldamos el llamado de la ANP al Congreso Nacional en cuanto a que el artículo 8 debe ser rechazado. Es imperativo excluir los contenidos periodísticos de cualquier excepción de este tipo y abrir un diálogo real con quienes sostienen, día a día, la industria cultural y el derecho a la información en nuestro país. No se puede construir el desarrollo económico sobre la base de transferir riqueza desde los creadores locales hacia operadores tecnológicos transnacionales.

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