La venta de tierras fronterizas exige mayor transparencia
La decisión del Ministerio de Bienes Nacionales de ofrecer en venta cuatro terrenos fiscales que suman 1.401 hectáreas en Tierra del Fuego abre una discusión que trasciende la conveniencia económica de enajenar propiedades del Estado. Se trata de inmuebles situados en zonas fronterizas, cuya ubicación obliga a considerar criterios de soberanía, seguridad y resguardo del patrimonio territorial, especialmente en una región como Magallanes.
Los antecedentes obtenidos por El Magallanes mediante la Ley de Transparencia plantean interrogantes sobre la forma en que se está conduciendo este proceso. Según las respuestas oficiales, ni la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado (Difrol) ni el Ministerio de Defensa han sido consultados respecto de la condición fronteriza o estratégica de los terrenos incluidos en el plan de enajenaciones.
La explicación de la Seremi de Bienes Nacionales es que la autorización de Difrol se solicita una vez determinado el adjudicatario, puesto que dicho organismo debe pronunciarse sobre el comprador. Sin embargo, esta interpretación merece ser examinada a la luz de las disposiciones que exigen autorización previa para operaciones sobre bienes fiscales en zonas fronterizas.
Más allá de cuándo deba materializarse jurídicamente esa autorización, existe una cuestión de fondo: antes de ofrecer estos terrenos, el Estado debiera tener claridad sobre la conveniencia de desprenderse de ellos y las eventuales implicancias territoriales de esa decisión.
La magnitud de la operación refuerza la necesidad de una revisión rigurosa. Entre 2021 y 2025, Difrol autorizó ventas que, descontadas las superficies repetidas, abarcaron alrededor de 14 hectáreas en todo Magallanes. Ahora se pretende ofrecer una extensión cercana a cien veces esa superficie, sin que los antecedentes conocidos permitan establecer que se haya efectuado una evaluación estratégica de los inmuebles.
A ello se agrega lo ocurrido con las islas Arturo y Sin Nombre, en el lago Blanco, retiradas del plan sin que la autoridad haya proporcionado documentación que fundamente esa determinación. La reserva de las actas de la Comisión Especial de Enajenaciones tampoco contribuye a despejar las dudas sobre los criterios utilizados.
No se trata de sostener que el Estado deba mantener indefinidamente todas sus propiedades ni de cuestionar por principio la venta de terrenos fiscales. Existen razones económicas y de desarrollo que pueden justificar estas operaciones. Pero ellas deben responder a una planificación fundada, transparente y compatible con los intereses permanentes del país.
En Magallanes, donde la condición fronteriza forma parte de su realidad geográfica y estratégica, estas decisiones requieren particular prudencia. La administración del patrimonio fiscal no puede reducirse a una operación inmobiliaria ni quedar circunscrita exclusivamente a determinar quién reúne los requisitos para adquirir un terreno.
Por ello, resulta razonable exigir que Bienes Nacionales aclare los fundamentos de las ventas proyectadas, haga públicos los antecedentes que corresponda y recabe los pronunciamientos pertinentes antes de avanzar en el proceso.




