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“La investigación de la Fiscalía en el caso en contra de Mandujano no se ha apegado estrictamente a la legalidad”

Domingo 1 de Noviembre del 2020

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– El abogado Juan Carlos Rebolledo sostiene además que, revisando los videos que existen de la noche del 12 de noviembre pasado, queda claro que Carabineros y Bomberos no hicieron ningún intento por evitar ni apagar el siniestro.

“Aquí se ha corrido la línea de la legalidad. El fiscal no está acá buscando la verdad o la objetividad, sino que lo que quiere la Fiscalía es que se condene a alguien”.

Así lo afirma el abogado Juan Carlos Rebolledo respecto de la imputación que se ha hecho en contra de Marcelo Mandujano Salas, quien aparece como único acusado de quemar el inmueble donde funcionaba la AFP Habitat, la noche del 12 de noviembre pasado, en el marco del “estallido social”.

Rebolledo observa faltas al principio de legalidad por parte de la Fiscalía, dadas por el uso de un control policial al voleo para dar con posibles responsables, lo que derivó en la detención “ilegal” de Mandujano; la presentación de un testigo cuya identificación se reserva; contradicciones respecto de dónde comenzó el incendio; y el intento de  vincular al joven universitario con otros atentados a la propiedad pública y de convertirlo en una suerte de líder del anarquismo en Magallanes, sin serlo.

Mandujano Salas fue detenido el 10 de enero pasado y la Fiscalía pide dos penas contra él: una de 10 años por su responsabilidad en el incendio; y otra de 540 días, por desórdenes.

El juicio oral está en desarrollo y, posiblemente, la etapa de presentación de pruebas y alegatos termine el próximo viernes o sábado, para dar paso al veredicto. Se espera conocer la sentencia alrededor del 15 de noviembre.

Por ello, El Magallanes quiso conocer la parte de la historia que no se ha contado, la del imputado.

Habiendo admitido Mandujano su presencia en el lugar de los hechos, no así su autoría en el inicio del siniestro, su defensa busca obtener un fallo favorable, que, aunque no sea absolutorio, le permita al joven seguir con su vida.

“Queremos el reconocimiento de las circunstancias modificatorias de responsabilidad. Gendarmería dice que éste es un sujeto de baja criminalidad o de bajo interés criminológico. No es un sujeto que vaya a ser un delincuente permanente ni mucho menos. Dice que, si a él se le condenara, debería ser en el medio libre. Los psicólogos, los asistentes sociales que hemos consultado opinan lo mismo. Se trata de un muchacho que está a punto de egresar de una carrera universitaria en el tiempo mínimo posible. Es un estudiante destacado, un futuro ingeniero. Un fallo favorable sería aquel que no le trunque la vida por una situación que -incluso él lo ha planteado- fue algo del minuto, espontánea, producto de la efervescencia que había, donde no se dimensionaron las consecuencias”, postuló.

Principio de legalidad

– El Ministerio Público debe actuar conforme a los principios de legalidad, oportunidad y objetividad. A juicio de la defensa, ¿se ha ajustado el accionar de la Fiscalía a aquello?

– “La opinión que tenemos es que este caso se trata de una investigación compleja, pero que no se apega estrictamente a la legalidad”.

Para Rebolledo ello se sostiene básicamente en dos puntos muy centrales, siendo el primero la visación de testigos sin nombre, sin rostro y sin identidad.

“Lo fundamental es que la ley obliga a la Fiscalía, cuando quiere valerse de un testigo, a dar nombre, profesión, domicilio, cédula de identidad, todos los datos personales”.

Agrega que, al ser ésta una causa de delito común, la ley sólo faculta que se prohíba la divulgación del domicilio del testigo.

El otro punto central de su alegato de vicios es que, durante el tiempo que medió entre el hecho ocurrido (12 de noviembre) y el 28 de noviembre de 2019, la Fiscalía no tenía ningún dato de la identidad del sujeto que ellos señalan como partícipe en este incendio y lo obtuvieron a través de una prueba ilegal, como es la realización de una detención por sospecha.

“La Fiscalía encargó a las policías que “barrieran” la ciudad y controlara la identidad de todas las personas que reunieran las características de ser jóvenes de 20 a 30 años, que anduvieran con zapatillas blancas, supuestamente con guantes rojos en la mano, mochila en la espalda y parcka o cortaviento negro. Esas características las reúne el 50% o 70% de los jóvenes de nuestra ciudad”.

El 28 de noviembre del año pasado, cumpliendo tal orden, funcionarios de la PDI, controlan a Marcelo Mandujano y aseguran que lo hacen porque lo vieron portando un guante rojo en la mano, similar al que aparece en una fotografía del incendio.

“Ese hecho para nosotros es falso porque lo que él llevaba en la mano era un pack de cervezas Escudo que son rojas”, acotó.

Rebolledo dijo que ahí comenzó mal la investigación porque fue  con esta diligencia ilegal de control de identidad, porque a  nadie le pueden controlar la identidad en la calle si no anda haciendo nada.

“En materia de Derecho, existe la teoría del ‘árbol envenenado’, que sostiene que los frutos o todas las diligencias que se hagan en virtud de este control de identidad -que nosotros decimos que es ilegal- son nulas”, plantea.

– Pero, ellos podrían argumentar ahora que esa detención fue producto de un trabajo de inteligencia.

– “Sí, pero tú no puedes detener a nadie si no tienes indicios. Acá el indicio -según ellos dicen- es que el cabro andaba con un guante rojo y con mochila. Mandujano no andaba con mochila, eso quedó totalmente establecido. La única duda es que si andaba con ese guante o un pack de cervezas”.

¿Dónde se inició el fuego?

Otro aspecto contradictorio del caso presentado por la Fiscalía -según Rebolledo- se relaciona con el inicio del incendio. Apuntó que en los videos que ha presentado Aguirre se ve que, antes de que se ingrese la plancha, hay fuego al interior de la AFP.

Agregó que, a su vez, los bomberos dicen el incendio se originó en el acceso principal de la APF, donde los protestantes dejaron la plancha con fuego. Pero la gerente de la sucursal de esta administradora de fondos dijo que -por todos los antecedentes que ha recibido- el incendio se origina en la parte de atrás del inmueble, hacia el lado del hotel y no en la puerta.

“Cuando declaró dijo que el fuego tomó primero la parte de atrás y que todavía no agarraba el frente”, apuntó e hizo ver que, por otra parte, el bombero que testificó afirma que el siniestro se inició por el frente por la acumulación de sillas y otras cosas en el acceso. Si tú ves el video, ves entrar y salir gente casi corriendo, lo que demuestra que en el acceso no había nada acumulado”, puntualizó.

Juez de garantía

– ¿Cómo es posible que el juez de garantía haya aceptado las faltas a la legalidad que usted acusa?

– “Mi opinión es que los jueces de garantía en este caso y en la mayoría en los casos no se quieren complicar, porque ellos son, simplemente, un ave de paso en la causa. El juez enfrenta siempre el siguiente dilema: ‘¿Le excluyo prueba al fiscal para que el fiscal apele a la Corte y la Corte me revoque y yo tenga que estar dando explicaciones o lo dejo pasar todo nomás y que sea problema del juez oral?”.

Rebolledo hace ver el juez Juan Villa no sólo aceptó la declaración del testigo n/n, sino que el intento de vincular a Mandujano con el ataque con pintura  a la tumba de Menéndez en el cementerio.

Dijo que, por ejemplo, se hizo ver la Fiscalía afirmó que en el cementerio hay una letra A en un círculo, que sería de los anarquistas y que un perito fotógrafo de la PDI declaró que en la AFP también había un círculo con unos cachitos y dos A invertidas. “El perito afirma que eso es un símbolo anarquista. Revisé y ese símbolo es de los veganos, que es de un movimiento que se llama antiespecista, que defienden los derechos de los animales y que usa un círculo con cachitos como de chanchos con dos A invertidas. Acá, además, ¡el signo que acusan que es anarquista en rosado! ¿Raro, cierto? Raro”, cuestiona el abogado.

“Marcelo no es el líder del anarquismo”

Para Rebolledo, el fiscal quiere “hacer aparecer a Marcelo como el director del grupo anarquista de Punta Arenas, el grupo que va a quemar la ciudad, que en las marchas hacía ademanes y dirigía el tránsito, por lo menos. ¡Nada más lejano que eso! Este es un pobre muchacho que se puso a pololear y a juntarse con unos cabros que eran mucho más duchos que él en materia de los desórdenes públicos y ahí quedó clavado, nomás”.

Resumiendo, para Rebolledo todo es muy simple: Marcelo fue reconocido a través de un control ilegal y no es posible que se le atribuya la responsabilidad del incendio a él usando a un testigo sin identidad.

Policías periféricos

Otro asunto que cuestiona el defensor es que el Fiscal sólo se ha apoyado en el testimonio de “puros policías periféricos”. Dio como ejemplo que el policía que participó en el control de identidad es un asistente policial, era el chofer. “O sea, llevaron al más huevón, al que pueda mentir, en buenas cuentas”, acotó.

En la jornada del viernes, se presentó “otro cabrito”, quien declaró que él sólo acompañó y escuchó la declaración del testigo n/n.

“Cuando uno dice que son testigos periféricos, en buena cuenta, está diciendo que son testigos que están obligados a hacer lo que el fiscal o el superior policial les diga”, apunta.   

Rebolledo hizo ver que los testigos policiales que él pidió que se presentaran y que participaron en la detención de Mandujano están hoy dados de baja o no están en servicio activo. Cuando preguntó por qué, le dijeron que se retiraron de la institución por su cuenta.

“Entonces, humm, aquí hay algo raro. Lo que pasa es que al fiscal en todas estas cosas le ha ido súper mal, al único gallo que encontró fue a Marcelo y con eso quiere sacarse todos los pillos, todos los incendios y todos los desórdenes que ha habido”, planteó.