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¿Una asamblea constituyente de magallánicos para Magallanes?

Por Gloria Vilicic Peña Jueves 5 de Noviembre del 2020

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El mensaje principal del plebiscito del 25 de octubre fue que la población no quiere que los políticos y partidos de siempre pauteen la redacción de la nueva Constitución.  Entonces como magallánicos nos preguntamos si los tres constituyentes que elijamos el próximo año ¿trabajarán para representar la voluntad popular de y en Magallanes o lo harán para representar sus propias ideologías o la de sus colectividades partidistas? 

La autogestión de nuestra región por nuestros propios ciudadanos y no por burócratas en Santiago, será una bandera de lucha y de votación intransable, así lo espero, de todos los constituyentes magallánicos. ¿Pero cuál será la postura y argumentación de los mismos referentes a todo el resto de temas a considerar en la nueva Constitución? La voz de Dios es la voz del pueblo, reza el refrán. ¿Pero cuán seguros podemos estar que nuestros tres constituyentes representarán la voluntad del pueblo?

“Artículo 1°. Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. 2 La familia es el núcleo fundamental de la sociedad”, señala la actual Constitución. ¿Es obvio, entendido y compartido por todos el fondo y el transfondo de este artículo? Todo lo que las protestaron en las calles en los últimos meses priorizan los derechos sobre las libertades. Una discusión para nada semántica, si luego pasa la legislación común a determinar su concreción. ¿Qué entenderán y propondrán nuestros constituyentes magallánicos en relación a las libertades y derechos que tendremos cada uno de nosotros reconocidas por el Estado? ¿Derecho y/o libertad de educación? Un ejemplo de Magallanes para ilustrar este debate: ¿Tiene un joven de ascendencia kawésqar la libertad de educarse en los fiordos y canales de Magallanes, acorde a sus costumbres, navegando por semanas, sin ser obligado a concurrir a un establecimiento educacional? ¿Quién decidirá cuáles son los contenidos educacionales que por ley o derecho le corresponde recibir a cada joven magallánico, por parte del Estado, independientemente del credo o etnia de cada una de las familias que lo cría? ¿Podrán los padres educar a sus hijos sin pedirle permiso al Estado? ¿Podrá el Estado imponer contenidos educacionales que vulneren las creencias y costumbres de las familias afectadas?

Quizá un ejemplo más reciente, nos permite ilustrar también cómo podría ser el debate. Me refiero al derecho y/o libertad de tener una jubilación “justa”. ¿Primará como ahora con el retiro del 10% desde las AFP el principio de libertad, es decir yo decido cuándo y cómo me gasto los fondos de pensiones garantizados por “Derecho”? ¿Y si alguien decide no ahorrar en su juventud deberá el Estado por DERECHO asegurarle igual algún tipo de pensión? ¿Y tendremos el derecho o la libertad de pagar impuestos? ¿Y el uso de los impuestos recaudados cómo se garantizará que se ocupen para el bien de todos?

¿Qué postura tendrán nuestros constituyentes referentes a los derechos de las mayorías sobre las minorías? ¿Qué libertades individuales no podrán ser cercenadas por ninguna mayoría en el Parlamento?

Por ello propongo que a medida que avance la redacción de la nueva Constitución consultemos al pueblo de Magallanes en encuestas representativas, en algún tipo de plebiscito regional sobre temas en que tengamos disenso con el resto del país, para saber si los constituyentes magallánicos hablan con la voz del pueblo o lo hacen con la voz de sus ideologías.