Necrológicas

Los cambios y las dudas que se vienen con la figura del nuevo gobernador regional

Domingo 22 de Noviembre del 2020

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– Más allá de las facultades también surgen interrogantes, como qué pasará con los cargos de seremis y gobernadores provinciales.

Magallanes y el resto del país están a sólo una semana de un inédito ejercicio democrático, no por la forma sino más bien por el fondo, porque esta vez el conocido sistema de primarias tiene como norte la elección de un candidato al nuevo cargo de gobernador regional.

El democratacristiano Juan Francisco Miranda y el independiente Jorge Flies se medirán el próximo domingo (29 de noviembre de 2020) para zanjar el nombre que el pacto Unidad Constituyente llevará a la papeleta para las elecciones del 11 de abril de 2021.

Ambos hoy precandidatos surgen como los únicos confirmados en la carrera hasta el sillón de la gobernación regional. En el oficialismo el silencio ha sido total, aunque con listas, negociaciones y esperas antes de mover las piezas en el tablero. Más silente aún han estado las fuerzas del Frente Amplio y del Partido Comunista que tampoco descartan entrar al ruedo con o sin acuerdo de por medio.

Pero más allá de nombres, el proceso que se inició el 22 de febrero de 2018 con la publicación de la ley que regula la elección, el agua que ha pasado bajo el puente ha estado lejos de la quietud. Los reconocidos intentos de La Moneda y del oficialismo por aplazar el proceso encontraron la férrea resistencia del sector opositor que, finalmente, echó abajo las intenciones aun a costa de dejar muchos temas pendientes en cuanto a las facultades que tendrá el nuevo cargo.

Sobre esto último, Juan Francisco Miranda y Jorge Flies han esbozado que seguro sobre la marcha se irán viendo muchas de las atribuciones, “pero a las que ya vienen establecidas en la ley, se requieren sumar más herramientas respecto de la planificación y determinación de la inversión de servicios y ministerios en la región”, señala el candidato de la DC. Por su parte, el independiente considera que aún no habiendo voluntad descentralizadora “de todas maneras, la capacidad que tendremos para impactar la sociedad es muy alta”.

Partes de esas
atribuciones

Dentro del abanico de dudas, al menos hasta hoy se sabe que parte de las atribuciones del cargo son:

-Formular políticas de desarrollo de la región, considerando los programas y planes comunales respectivos.

-Someter al Consejo Regional las políticas, estrategias y proyectos de planes regionales de desarrollo y sus modificaciones.

-Someter al Consejo Regional el proyecto de presupuesto del respectivo gobierno regional.

-Representar judicial y extrajudicialmente al gobierno regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el Core.

-Nombrar y remover a los funcionarios que la ley determine como de su confianza.

-Velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa.

-Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.

-Promulgar, previo acuerdo del Consejo Regional, el plan regional de ordenamiento territorial, los planes reguladores intercomunales, comunales y seccionales y los planos de detalle de planes reguladores intercomunales.

-Presidir el Consejo Regional, además de convocar y disponer la citación a las sesiones.

La figura del
delegado presidencial

Más allá de lo anterior, que da cuenta de atribuciones generales, hay que tener claro lo siguiente:

-El gobernador al ser elegido democráticamente pasa a ser el representante de la región ante el nivel central y no el representante del nivel central en la región.

-Con la creación del cargo de gobernador regional no existen más los intendentes.

-El gobierno de nivel central será representado por un “delegado” que ejercerá la labor interior de cada región.

-Este delegado tendrá a su cargo la coordinación, fiscalización o supervigilancia de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de la función administrativa, que operen en la región, y que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un ministerio.

Qué pasa con seremis
y gobernadores

Otra de las interrogantes que surgen es qué pasará con los cargos de secretarios regionales ministeriales.
De acuerdo con la nueva disposición, la designación seguirá siendo facultad del gobierno de nivel central, siendo los delegados presidenciales quienes presentarán las ternas  para la designación.

En cuanto a los gobernadores provinciales, si bien el nombre se extingue la figura se mantiene como “delegado presidencial provincial”. A esta autoridad le corresponderá ejercer la supervigilancia de cada uno de los servicios públicos que existen en cada provincia, siendo el representante natural e inmediato del Presidente en su zona y bajo supervigilancia del delegado presidencial regional.

Así, y aunque todo parece tener respuesta, las interrogantes sólo quedarán dilucidadas a medida que existan definiciones en cuanto a nombres y se acerque la fecha de asunción. Dónde se instalarán las nuevas autoridades también, seguro, surgirá como un tema que al menos hoy no tiene respuesta. ¿Acaso será el delegado presidencial quien se instalará en “La Moneda Chica” o lo hará el flamante nuevo gobernador? Para muchos un detalle menor, pero que de seguro abrirá un sabroso debate al menos a nivel de autoridades.