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Las reglas del juego en la Convención Constituyente

Por La Prensa Austral Martes 2 de Noviembre del 2021

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Carlos Contreras Quintana
Abogado

Si voy atrás en el tiempo recuerdo de manera nítida y vívida los partidos de fútbol con mis amigos del barrio denominadas “pichangas”, en los cuales lo único que importaba era jugar hasta que las fuerzas no dieran y, así, las reglas cambiaban constantemente a lo largo del partido en cuanto a su duración, al descanso e incluso en cuanto a los goles, pues al término de la jornada no ganaba el equipo que hacía o marcaba más goles, como normalmente ocurre en cualquier partido de fútbol, si no que aquel equipo que marcaba el último gol… “último gol gana todo”. En rigor las reglas no importaban porque lo que realmente importaba era las ganas de jugar hasta que terminara el día o el cansancio diera cuenta de cada uno de los jugadores hasta que ya no fuera posible seguir con la pichanga, al final de cuentas la única regla era jugar hasta que no fuera posible continuar.

Pero, lo relatado son juegos de niños, legitimados por la hora y la edad, justificados en la natural inocencia y candidez de la infancia y, lo más importante, validados porque el juego sólo afectaba a quienes lo practicaban… con el tiempo uno aprende que la vida se rige por reglas que son comunes a todos y que deben ser respetadas para asegurar la grata y adecuada convivencia social y ello es la base de nuestra relación como seres humanos.

Por lo señalado es que me parece muy grave, que haya trascendido la idea, desde la Convención o Convencional Constituyente, de aplazar más allá del año que se ha fijado para la culminación de su labor consistente en la elaboración de una nueva Constitución para Chile. Y esta gravedad se debe a muchas razones y, la primera de ellas es evidente, porque los chilenos votaron a sabiendas de los plazos mínimos y máximos y, especialmente, quienes se presentaron al momento de asumir el desafío electoral, aceptan expresamente las reglas del juego, pues de lo contrario la propia elección o proceso de selección está deslegitimado, no se valora a sí mismo; en segundo lugar porque lo que se votó por los ciudadanos, aquello que configuró la voluntad soberana en orden a la elección de constituyentes  y su tarea, era la confección de un texto constitucional en los plazos y forma establecido en la convocatoria y atentar contra ello implica transgredir un compromiso en virtud del cual la nueva constitución debería estar concluida en el plazo máximo de un año para su sanción por la ciudadanía; en tercer lugar porque, si bien mantengo mi opinión en torno a que esta convención es el órgano más representativo de la voluntad popular, éste debe velar por mantener dicha legitimidad no torciendo el compromiso asumido y pasando a llevará a quienes le entregamos la vital misión de fijar el nuevos sistema constitucional chileno pues, es necesario precisar, más allá de las críticas infundadas de quienes no aceptan la voluntad popular, que estos son los hechos que realmente contribuyen a desdibujar y disminuir la importancia de la Convención, es como si se faltara el respeto a sí misma y con ello da la razón a quienes sostienen o atribuyen torcidas intenciones a quienes la componen, sea de orden económico o de influencia política; y, finalmente, porque no es posible mantener en el tiempo, esta situación  de incertidumbre en cuanto a nuestra nueva carta fundamental.   

No me parece y desprecio la posibilidad de extender el plazo de funcionamiento de la Convención Constituyente, porque si se aprueba, se desmorona a sí misma, pues esto no se trata de un juego de niños, sino del cumplimiento de compromisos y respeto del cronograma por el bien de un país que confió en quienes eligió, con las reglas el juego planteadas.

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