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En Magallanes se han registrado 48 casos bajo la ley de interrupción voluntaria del embarazo

Sábado 14 de Enero del 2023

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Lorena Riquelme, matrona asesora del Servicio de Salud, planteó que “lo importante de esta ley es la autonomía en la decisión de la mujer, no pasa por el padre, ni por la familia, ni por nadie”.

En la región, hay 21 médicos gineco-obstetras contratados en los hospitales, siete de ellos objetores en la primera causal, siete en la segunda y diez en la tercera

A cinco años de la entrada en vigencia de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (Ive), que permite abortar en caso de riesgo para la madre, inviabilidad fetal y violación, Lorena Riquelme, matrona asesora del Servicio de Salud, destacó la “autonomía en la decisión de la mujer, que no pasa por el padre, ni por la familia, ni por nadie”.

Desde entonces la normativa se viene implementando tanto en el Hospital Clínico como en el Hospital de Natales, para entregar las prestaciones que reciben las mujeres que se acogen a esta legislación. “Se escogió a estos establecimientos porque ahí tenemos unidades de alto riesgo obstétrico y de ginecoobstetricia con médicos especialistas en el área, por tanto, pueden hacer el diagnóstico que permite acogerse a estas tres causales. Por su parte, la atención primaria permite orientar a las mujeres que se encuentran en una de estas situaciones y hacer la derivación asistida, según corresponda por cercanía”, planteó la profesional.

Desde septiembre de 2017 a la fecha, 48 mujeres se han acogido a esta ley en la región; 22 de ellas fueron por la primera causal (peligro para la vida de la mujer), 16 por la segunda causal (inviabilidad fetal de carácter letal) y 10 por la tercera causal (embarazo por violación). Ninguna de ellas es menor de edad.

Lorena Riquelme precisó que en la primera causal, la interrupción no significa que el bebé vaya a fallecer, sino que lo que se hace es una interrupción del embarazo, ya sea por parto o por cesárea, donde lo que se intenta es mejorar la condición materna, pero además entregar todas las condiciones para lograr la sobrevida del feto. “Entonces estamos hablando de que son niños que van a terminar probablemente en neonatología, pero no necesariamente muere”.

Manifestó que en la segunda causal, hay incompatibilidad con la vida. Y en cuanto a la tercera causal de violación, el feto muere. Recordó que sólo se puede interrumpir por esta causal, a las mujeres, hasta las 12 semanas de gestación y en el caso de las niñas menores de 14 años, hasta las 14 semanas de gestación. Pasadas estas edades gestacionales, no se puede interrumpir el embarazo, a diferencia de las otras dos causales que en realidad no tienen plazo de interrupción.

Objeción de conciencia 

La objeción de conciencia es una facultad que le otorga esta ley al equipo que interviene directamente en el procedimiento de interrupción. Esto permite al equipo de salud, abstenerse de realizar la interrupción del embarazo cuando se ha constituido alguna de las tres causales de la Ley 21.030, siempre que esta objeción se haya manifestado en los términos que indica la normativa vigente (de manera previa y por escrito al jefe del establecimiento).

“Se pueden acoger a la objeción de conciencia: médicos, matronas o enfermeras que trabajan en pabellón al momento de la interrupción de la mujer, el técnico paramédico y el anestesista que interviene en el proceso. Por ejemplo, soy matrona objetora de conciencia, sólo me puedo abstener si me toca participar de la interrupción, es decir, del parto o de la cesárea, pero no puedo negarme a la atención previa y no me puedo negar a entregar toda la información que le corresponde a la mujer para saber cuál es su proceso de derivación o cuál va a ser su tratamiento. Tampoco me puedo negar a atenderla una vez que ha terminado la interrupción en este caso. Eso es muy importante porque en realidad la objeción de conciencia se ejerce únicamente en el momento de la interrupción”.

En la región, hay 21 médicos gineco-obstetras contratados en los hospitales, siete de ellos objetores en la primera causal, siete en la segunda y diez en la tercera. 

“Ahora nuestra nuestra red en realidad tiene garantizada la atención. Hay profesionales objetores que obviamente se abstienen de ese proceso de interrupción, pero en realidad está debidamente cubierta la prestación”, enfatizó Lorena Riquelme.

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