Litigio por deslinde deja a colonia de pingüinos rey en terreno reclamado por vecino
Ocho años después de que el ganadero Juan Robertson Stipicic iniciara un juicio reivindicatorio, sobre el terreno donde un vecino explota comercialmente una colonia de pingüinos rey, a unos 90 kilómetros de Porvenir, en Tierra del Fuego, la Corte Suprema falló este viernes 10 de marzo los últimos recursos de casación interpuestos por las partes, primando al final lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, en una sentencia del año 2020.
En la demanda entablada en marzo de 2015, ante el Segundo Juzgado de Letras de Punta Arenas, Robertson dio cuenta que aproximadamente en agosto de 2013, el demandado, Alejandro Fernández Vogelhumer, a objeto de explotar comercialmente una colonia de pingüinos rey en la zona de Bahía Inútil, a través de la razón social “Empresa de Turismo San Clemente EIRL”, procede a cercar aproximadamente 15 hectáreas de terrenos de propiedad de Robertson Stipicic, tierras adyacentes a la porción de mar señalada, para lo cual cruza al deslinde natural que separa ambas propiedades, esto es el río Marazzi y levanta una alambrada de aproximadamente 250 metros en un potrero de propiedad del demandante denominado “de los carneros”, cortando inclusive una huella existente dentro de su propiedad y que permite acceder a dicha porción de terreno. Adicionalmente y cruzando el acuífero indicado el demandado construyó un endeble puente colgante de uso peatonal.
Fernández Vogelhumer es dueño del Lote 136 de la ex Estancia Caleta Josefina, vecino del Lote 146 de propiedad de Juan Robertson. En la demanda se precisa que prácticamente desde la subdivisión de la antigua Estancia Caleta Josefina, el límite entre los Lotes 136 y 146 de la denominada “Colonia Caleta Josefina” ha sido en el sector adyacente a la Bahía Inútil del estrecho de Magallanes, el río Marazzi, correspondiéndole al demandante su ribera sur hasta su desembocadura y al demandado su ribera norte.
“Que el demandado ha ocupado materialmente una porción del predio rústico del demandante, ubicada inmediatamente al sur del Lote 136 de su propiedad, en el sector emplazado entre el río Marazzi y Bahía Inútil, terrenos reivindicados que el Sr. Fernández Vogelhumer ha cercado impidiendo así el legítimo uso y goce de su legítimo propietario”, planteó la demanda original.
En ella se acusó que Fernández al actuar deliberada y conscientemente sobre terrenos ajenos al levantar un cerco sobre la orilla sur del río Marazzi, es que debe considerársele “poseedor de mala fe, al violentar clara y abiertamente los deslindes que su título de propiedad reconoce para con el Lote 146 de Juan Alejandro Robertson”.
Enseguida, invoca el artículo 907 del Código Civil, el que establece que “el poseedor de mala fe es obligado a restituir los frutos naturales y civiles de la cosa, y no solamente los percibidos sino los que el dueño hubiera podido percibir con mediana inteligencia y actividad, teniendo la cosa en su poder”, ello en abierta alusión a la explotación durante todos estos años de la colonia de pingüinos rey por parte del demandado.
Fallo inicial
El 8 de agosto de 2019 y luego de cumplida una medida para mejor resolver el litigio, como fue la intervención de una perito topógrafo, el Segundo Juzgado de Letras acogió íntegramente la demanda, dejando sentado que “el deslinde que se señala en la demanda, conforme a las coordenadas que se indican, está desplazado a casi 2 mil metros más al norte, en otra desembocadura del río”, dando lugar, inclusive, a la postulación de “restituir de los frutos naturales y civiles de la cosa”, como son los ingresos por la explotación comercial de la colonia de pingüinos rey. Empero, la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, de fecha 30 de noviembre de 2020, junto con rechazar los recursos de casación (nulidad) interpuestos por la demandada, confirmó el fallo de primera instancia, estableciendo con declaración “que el terreno a reivindicar es aquel retazo que, en la parte de disputa, se encuentra al sur del río Marazzi, el cual desemboca en el estrecho de Magallanes, sector denominado Bahía Inútil, junto a la actual ubicación de una colonia de pingüinos, los que al encontrarse en la ribera sur de aquel río, se encuentran al interior del terreno reivindicado”. Ahora, frente a la condena de la parte demandada a la restitución de los frutos naturales y civiles, la sentencia de segunda instancia declara que lo anterior corresponde hacerlo a partir de la contestación de la demanda (noviembre de 2015), al ser “tenido como poseedor de buena fe”, revocándose en este aspecto la sentencia del Segundo Juzgado. Son miles de turistas que han visitado el Parque, pagando una entrada.
Este 10 de marzo y en un fallo contenido en 25 páginas, la Primera Sala de la Corte Suprema, presidida por el ministro Haroldo Brito, desestimó los recursos de casación de los abogados Jorge Plaza, actuando por Alejandro Fernández; Eduardo Uribe, por la empresa de turismo, y Dagoberto Arias por la demandante.
“De la descripción de los hechos asentados por el tribunal del fondo, se encuentra acreditado que los demandados no invocaron errores de derecho, sino que, fundados en los títulos de dominio aplicados sobre un terreno donde uno de los deslindes es un río cuya ribera varía, no se puede sostener que exista el error de derecho que sanciona la ley al levantar un cierro sobre la base de los deslindes que sostenían ser propietario”, plantea en lo medular el fallo de la Corte Suprema.
El demandante, Juan Robertson Stipicic, falleció en febrero de 2018.