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Víctima de Consejo de Guerra durante la dictadura militar

“Nos hacían firmar con los ojos vendados después de la tortura”

Domingo 20 de Agosto del 2023

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– Con sólo 17 años, Magda Ruiz fue una de las magallánicas que vivió este traumático e ilegal procesamiento. ¿La razón? Ser militante de las Juventudes Socialistas.

– La Agrupación Orlando Letelier y la Agrupación Cultural Nuestra Madre Grande realizaron un llamado a quienes fueron víctimas de los Consejos de Guerra a sumarse a las interposiciones que buscarán anular estos procesos.

Elia Simeone R.
[email protected]

“Se declara que se absuelve, por haber sido probada su inocencia, a Fernando Alejandro Lanfranco Leverton”.

Así se lee en la parte final del fallo emitido por la Segunda Sala de la Corte Suprema en marzo de este año, que revocó la condena dictaminada por el Consejo de Guerra que procesó y condenó a Lanfranco en septiembre de 1974.

Hablando parsimoniosamente -como buscando contener las imágenes y los sufrimientos del pasado que vuelven al presente-, Fernando leyó su absolución ante un auditorio Ernesto Livacic repleto.

¿Qué decir ante tanta injusticia sufrida por muchos coterráneos? Sólo cabe enmudecer, temiendo que cualquier palabra suene vana o pretenda, inútilmente, servir de consuelo.

Para el ex estudiante de Química Orgánica que fuera violentamente sacado en presencia de sus compañeros de la entonces Universidad Técnica del Estado de Magallanes (Utem) el 10 de octubre de 1973, dicha sentencia se trata de algo de profunda y enorme significación personal e histórica.

“En lo personal, creo que recupero un poco mi dignidad al poderse establecer esta verdad”, acotó, pero también remarcó: “Es el primer caso que hemos podido lograr en Magallanes de anular la sentencia de un Consejo de Guerra, en este caso contra mi persona”.

Como Fernando, cientos de magallánicos fueron sometidos a estos juicios propios de los tribunales militares durante la dictadura.

Magda Ruiz Méndez fue otra de las adolescentes enjuiciadas por estos consejos y partió su alocución hablando de la sinrazón de éstos: “En Chile, no hubo guerra. ¡Imposible, si no había dos bandos beligerantes!”. Lo mismo hizo ver el académico de la Umag, Sebastián Ortiz Larrondo, al hacer ver que nuestro país ha estado más de cien años sin tener un conflicto bélico.

Como si ello no fuera un dato suficiente para establecer lo irracional del uso de tales procesos, cabe preguntar qué edad tenían varios de estos “enemigos” a los cuales buscó enjuiciar la Junta Militar. Sólo 16, 17, 18 años… Eran niños y niñas que, ante los ojos incrédulos de sus compañeros y maestros, fueron sacados de sus salas clases para iniciar un derrotero donde lo único cierto fue el sufrimiento.

En Magallanes, poco o nada se ha abordado este tema. Se identifican seis Consejos de Guerra principales, según informó el abogado Pablo Bussenius.

En el marco de los 50 años desde el golpe militar que derrocó al Presidente Salvador Allende, la Agrupación Orlando Letelier y la Universidad de Magallanes realizaron esta semana el conversatorio “Consejos de Guerra en Magallanes, una mirada histórica, política y jurídica”, como una forma de contribuir al necesario debate que esta fecha debe promover y también para aportar al rescate de la memoria. El encuentro estuvo moderado por el periodista Cristián Morales.

El ex seremi Baldovino Gómez e integrante de la Agrupación Orlando Letelier hizo ver que en Magallanes hubo dos mil personas arrestadas por la dictadura, la mayoría entre el 11 de septiembre de 1973 y el 1977. Unas 80 mujeres fueron secuestradas y confinadas en el campo de Ojo Bueno. En nuestra región, además, estuvo el preso político más joven, con sólo 16 años.

“Nada justifica ese horror, ningún contexto ni ninguna circunstancia. Hoy seremos testigos de un capítulo de la historia reciente de Magallanes: los Consejos de Guerra. Ellos inventaron una guerra y los adversarios éramos nosotros. Para que esto no se vuelva a repetir, la educación de derechos humanos es clave”, señaló.

Javiera Yáñez: “Isla Dawson fue el
primer campo deconcentración del país”

La licenciada en Pedagogía e Historia de la Umag, Javiera Yáñez Aguila, realizó un trabajo de investigación sobre isla Dawson, como un territorio de relegación política y de violencia sistemática, el cual tiene un apartado sobre los Consejos de Guerra y sus condenas, del cual se desprende que éstos eran usados como un método institucional para justificar la represión política y la tortura.

“Isla Dawson fue un campo de concentración, no un simple centro de detención como lo hemos visto en otros territorios del país. Este campo de concentración, que fue el primero en todo el país, tiene un elemento principal: se sitúa en un territorio inhóspito, con condiciones extremas. Los sobrevivientes, que eran declarados prisioneros de guerra porque eran considerados traidores de la Patria, todos debían pasar por Consejo de Guerra en este espacio. Sin embargo, los que ya habían sido condenados, eran separados de los que estaban esperando pasar por dicho proceso. El uso de la tortura no terminaba cuando se producía la condena, sino que ésta seguía”, observó.

Otro aspecto que quedó en evidencia fue que la pena de relegación que debían cumplir estaba muy de la mano con aspectos como la moderación de la conducta y ésta era la justificación para ejercer la tortura dentro de estos espacios.

“Desde los Consejos de Guerra, no existía un racionamiento lógico respecto a la condición de traidor a la Patria o la presencia de actos delictuales. Algunos eran condenados por cosas absurdas, como participar de reuniones políticas anteriores a la dictadura militar o con el quehacer propio de las personas que eran relegadas a isla Dawson, como ser parte de algún ministerio”, planteó.

Javiera Yáñez también indicó que, si bien los Consejos de Guerra implicaban un condicionante para la prisión política y la tortura en Chile, la condena sólo era una institucionalización de la reclusión.

Igualmente, hizo ver que, en otras localidades del país, fueron sometidas a Consejos de Guerra personas que ya habían sido ejecutadas o que ya estaban desaparecidas.

Magda Ruiz: “Cuando nos informan que íbamos a pasar a Consejos de Guerra fue realmente terrible”

“En Chile, no hubo una guerra… Había un Ejército, por un lado, y, por otro, un pueblo desarmado”.

Esta es la premisa de la cual partió Magda Ruiz para relatar su experiencia como prisionera que pasó por un Consejo de Guerra, al ser del segundo proceso aplicado a las Juventudes Socialistas.

Recordó que el hoy seremi de Deportes, Alejandro Olate, estuvo en el primer Consejo de Guerra y que sólo tenía 16 años. Ella vivió una experiencia similar con 17 años.

“Las mujeres estábamos detenidas en Ojo Bueno y los compañeros que pasaron con nosotras a este Consejo de Guerra estaban en el Estadio Fiscal. Entre nosotros, no había contacto. Partamos de la base de que nosotras estábamos convencidas que nos iban a dejar libres en cualquier momento, porque considerábamos que no habíamos hecho nada. Entonces, cuando nos informan que íbamos a pasar a Consejos de Guerra fue realmente terrible, fue un golpe que no esperábamos, nos pilló totalmente de sorpresa y, obviamente, que nuestros ánimos decayeron. Afortunadamente, nos ayudaba el hecho de ser jóvenes, nuestro promedio de edad estaba entre los 16 y los 20 años. Fue como un balde de agua fría saber que íbamos a pasar un Consejo de Guerra sin saber siquiera en qué consistía eso”.

Sus familias se movilizaron rápido para tratar de conseguir abogados y es digno de destacar que hubo profesionales jóvenes que trabajaron muy solidariamente. “La mayoría lo hizo prácticamente sin cobrar nada y arriesgando, realmente, sus carreras”, apuntó.

Magda afrontó su procesamiento junto a otras tres compañeras. Todas quedaron impactadas al saber qué sanciones arriesgaban, siendo la más alta 30 años.

“Entonces, nos reíamos y decíamos, tras calcular: “Como tenemos 17 años, vamos a salir a los 47 años”. Era rídiculo, por decir lo menos”, señaló.

Para Magda Ruiz, es importante entender cómo se gestaron los Consejos de Guerra y saber cómo se obtuvieron las confesiones. “Está claro que era mediante las sesiones de tortura, pero lo más importante de todo eso no era lo que uno dijera o no. Independientemente de eso, nos hacían firmar una hoja y nos decían: “Firme aquí al final de la hoja”, pero ¡estábamos con los ojos vendados! Eso, creo, es lo más importante de destacar, de cómo se violaron los derechos humanos y de cómo se faltó a todo tipo de probidad judicial, porque todos firmamos con los ojos vendados sin saber lo que estábamos firmando. Lo más probable que era una hoja en blanco y después la llenaban con lo que querían y de lo que quisieran acusarnos”.

“Nunca me olvido lo que planteaba Luis Alvarado que pasó al primer Consejo de Guerra del PS, donde hubo dos compañeros que fueron condenados a muerte (Héctor Avilez y él): ‘Mi condena a muerte me la hicieron firmar en el tercer piso de la casa de Colón 636’, por eso para nosotros esa casa es un ícono donde se concentra la barbarie de lo que sucedió en estos años”.

Sebastián Ortiz: “Ha habido una inacción activa y
“dolosa” del Estado de Chile durante décadas”

La postura del académico del Departamento de Ciencias Jurídicas de la Umag, Sebastián Ortiz Larrondo, es categórica: frente al tema de los Consejos de Guerra ha habido una inacción activa y “dolosa” -si se pudiera usar un término jurídico- del Estado de Chile durante décadas desde el retorno a la democracia.

Esto ha tenido un doble problema: primero, el Estado no ha colaborado de ninguna manera, específicamente en el caso de las vulneraciones de los Consejos de Guerra, en su reparación o se ha demorado mucho; y, segundo, a través de la inacción activa, también ha causado nuevas vulneraciones a los derechos humanos, lo que llevó a Chile a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“¿Por qué estamos hablando de los Consejos de Guerra si no hemos estado en guerra en los últimos cien años? Los Consejos de Guerra son un tribunal militar en tiempo de guerra, se encuentran en el Código de Justicia Militar y se encuentran vigente al día de hoy… El problema es que se activaron, no en un contexto de guerra, sino en el de represión por parte de una dictadura militar.

“¿Cómo? La dictadura militar dictó un Estado de Sitio y ellos interpretaron que esto era equivalente a una guerra de facto, sin que hubiera una declaración, pero existía una resistencia, por así decirlo, que era similar a una guerra. Se intentó camuflar vejámenes y violaciones graves a los derechos humanos bajo la apariencia de una guerra, de un juicio, bajo la apariencia de justicia”.

Ortiz apuntó que estos consejos ocuparon procesos sumarísimos que eran, además, eran inapelables. “Pero, en la práctica, no se ajustaron al Código de Justicia Militar y operaron principalmente como centros de tortura. Se utilizó tortura como una herramienta procesal que buscaba obtener pruebas y confesiones y estas confesiones y pruebas obtenidas mediante tortura fueron, posteriormente, ocupadas para condenar a las personas que fueron procesadas. Condenas que fueron bastante altas, condenas de cárcel y, generalmente, después cambiadas por exilio, exilios que pudieron haber durado décadas. No eran condenas pequeñas, eran condenas neutralizantes e inhabilitantes porque, recordemos, que lo que buscaba la dictadura era neutralizar a quienes perseguía como enemigos internos”.

Para Ortiz, resulta inconcebible que durante la democracia no se haya hecho nada en la primera década por anular las sentencias condenatorias emitidas por estos Consejos de Guerra. “El Estado, por su parte, no intenta iniciar ningún proceso para anular estas sentencias. Hasta el año 2001, un grupo de personas condenadas por Consejos de Guerra, intenta actuar por su parte e interpone un recurso de revisión ante la Corte Suprema. ¿Qué dijo la corte? Se declaró incompetente porque interpretó, de forma muy restrictiva, un artículo de aquel entonces de la Constitución de 1980 sin modificaciones, determinando que su potestad directiva no incluía a los tribunales militares en tiempos de guerra.

“El año 2005 se reformó la Constitución -prosiguió explicando- y llegó la denominada Constitución de Lagos. Explícitamente se le dio a la Corte Suprema facultad directiva sobre los tribunales militares en tiempo de guerra y, por lo tanto, sobre los Consejos de Guerra”.

Así, en 2011, se interpuso un nuevo recurso de revisión, pero ¿qué dijo la Suprema? “Sí, tengo facultad, pero este recurso también es improcedente”. ¿Por qué? Porque dijo que no existían nuevos hechos que permitieran determinar la absoluta inocencia de los involucrados.

Frente a esto, Ortiz precisó: “Me gustaría mencionar qué hechos había y teníamos de ellos conocimiento: en el año 2011 teníamos el Informe Rettig, el Informe Valech y causas abiertas con condenas que indicaban que las personas que en ese caso habían sido condenadas por los Consejos de Guerra habían sido víctimas de tortura en ellos,  es decir, teníamos completa certeza procesal de que aquí había existido tortura. Pero, aun así, esto no era un nuevo hecho para la Corte, sino una pregunta de valoración de la prueba”.

Como consecuencia, este caso llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la que declaró que se vulneraron los derechos humanos de estas personas y, en particular, el derecho al recurso judicial. ¿Por qué? Porque la Convención Interamericana de Derechos Humanos, en el artículo 25.1, declara: “Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes que la ampare contra  actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aún cuando tal violación sea cometida por personas que actúan en ejercicio de sus funciones oficiales”.

Este caso se conoce como “Maldonado y otros contra el Estado de Chile” y permitió que la Corte Interamericana condenara al Estado a revisar inmediatamente el Consejo de Guerra de la Fiscalía de Aviación de Santiago. Así, ¡en 2016! la Corte Suprema se pronunció sobre el caso ROL 1-73, anulándolo, precisamente, por haber sido obtenido las confesiones y las pruebas mediante el uso de tortura.

“Nos demoramos 26 años en poder tener una resolución, un inicio de resolución”, hizo ver y lamentó Ortiz.

Fernando Lanfranco: “Este fallo deja en evidencia
la ilegalidad de los Consejos de Guerra”

Sacado violentamente y encapuchado por una salida lateral de la entonces Universidad Técnica del Estado, Fernando Lanfranco fue metido a un vehículo de la policía secreta y fue trasladado, después de varias vueltas por la ciudad -seguramente para desorientarlo- al Regimiento de Infantería Cochrane.

“Allí comenzó todo desde el punto de vista del maltrato, de la prisión, de la tortura… Estuve tres años detenido en Punta Arenas, incluyendo isla Dawson, el Estadio Fiscal, el Regimiento Pudeto, el Regimiento Cochrane y la Cárcel Pública, desde donde salí a Santiago y al exilio de 14 años en Irlanda. Volví el año 1990 y, desde entonces, he permanecido en Chile”, relató.

Desde entonces, ha dedicado gran parte de su vida, a tratar de desenmascarar todos estos procesos y las calumnias que les inventaron y todas esas confesiones o firmas de documentos que tuvieron que hacer… ¡con los ojos vendados!, luego de haber sido salvajemente torturados.

Lanfranco pasó por un Consejo de Guerra en septiembre de 1974 y, tras ponerse en contacto con la oficina de abogados de Nelson Caucoto, logró presentar un recurso de revisión de su condena, con el objeto de anular la sentencia. “En marzo de este año se logró y es el primer caso que hemos podido lograr en Magallanes de anular la sentencia de un Consejo de Guerra”, destacó.

Sobre esto, Lanfranco planteó que es importante valorar dicho fallo y, a través de él, la constancia que es necesaria para realizar dichas gestiones.

“No sólo por nosotros que sabemos, que estamos convencidos desde siempre que dijimos la verdad, que no pudieron -a pesar de todo- callarnos. Al revés, cada vez que hemos logrado conversar este tema o estos temas, hemos reunido fuerzas con nuestros compañeros, compañeras para continuar adelante. No nos pueden callar; si tenemos la razón, no nos pueden callar. Eso tenemos que repetirlo una y otra vez”, indicó.

Se manifiesta como un hombre que rechaza profundamente la impunidad. “Me molesta, no me enrabia, pero sí me molesta y eso va en general no sólo en temas políticos… y, sobre todo, si no tiene castigo”, planteó.

Dijo que es importante hablar de lo sucedido, aunque hayan pasado 50 años, pues es necesario  conocer un poco de la historia, aunque haya personas que crean que uno no tiene la razón.

“Este fallo deja en evidencia la ilegalidad. Tengo copia del fallo de la segunda sala de la Corte Suprema y hay una parte que es muy pertinente en lo personal”, hizo ver. “Recupero un poco mi dignidad al poderse establecer esta verdad”, añadió tras leer que fue absuelto de su condena.

Lanfranco instó a los asistentes y a la academia a estudiar y profundizar todo lo relativo con los Consejos de Guerra, como algo interesante y necesario de escudriñar desde el punto de vista político, legal e histórico. “Ello representa una parte importante de la sociedad de Magallanes. He recorrido estos días muchos lugares de Magallanes, que se mantienen igual, pero la historia ha cambiado y eso es bueno tomarlo en cuenta y considerarlo”.

Pablo Bussenius anuncia
recursos de revisión

El abogado Pablo Bussenius entregó antecedentes generales de los Consejos de Guerra que hubo en Magallanes, estableciendo que hubo seis procesos principales: Bussenius hizo ver que esto no es algo del pasado, pues estas personas llevan aún en sus certificados de antecedentes aquellas condenas, pese a que han pasado 50 años.

“La posibilidad de revisión de estos Consejos de Guerra fue algo que surgió espontánea e inmediatamente después de celebrados. En 1974, hay una visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que quiso constatar en terreno lo que estaba pasando y establece la necesidad de tener un recurso de revisión para estas condenas.

En 1973, un condenado en Valparaíso presenta un recurso de queja ante la Corte Suprema para que se revise esto y la Corte Suprema, contrariando jurisprudencia anterior que venía de la Guerra del Pacífico, establece que carece de jurisdicción y competencia para conocer de las materias propias de un tribunal en tiempos de guerra”, recordó.

Por ello, para Bussenuis hay dos momentos antes de 2005, donde la Corte Suprema hablaba de su incompetencia y, después de 2005, donde se establece fehacientemente que sí tiene competencia a raíz de la reforma constitucional realizada durante el gobierno de Lagos.

“No obstante esta reforma, no se llevan adelante revisiones que tengan resultados positivos para las víctimas. Lo que cambia esta situación fue el fallo que condena al Estado chileno en el caso Maldonado y otros contra el Estado de Chile.

Allí se establece la necesidad de establecer un recurso que sea rápido y efectivo que permita la revisión e, incluso, la anulación de estos Consejos de Guerra. Como consecuencia de ese fallo, viene el primer recurso de revisión exitoso que es el entablado por 12 víctimas que correspondían a ex miembros de la Fach que participaron del gobierno de la Unidad Popular o manifestaron su crítica hacia la incipiente dictadura. Este recurso de revisión que se hace en cumplimiento  del fallo de la Corte Interamericana. Después de él, ha habido más de 30 los fallos que terminan por anular las condenas”, observó.

¿Cuál es el mecanismo para anular estos Consejos de Guerra? Es el recurso de revisión contemplado en el antiguo Código de Procedimiento Penal que, en su artículo 657, señala expresamente que la Corte Suprema podrá revertir las sentencias a firme en que se haya condenado a alguien por un crimen o simple delito para anularla. Se establece una serie de causales, pero en estos casos se ha aplicado la cuarta: “Cuando con posterioridad a la sentencia condenatoria ocurriere o se descubriere algún hecho o apareciera algún documento desconocido durante el proceso que sea de tal naturaleza que baste para establecer la inocencia del condenado”.

¿Cuáles han sido estos nuevos hechos? Bussenius respondió que la sentencia de la Corte Interamericana que condena al Estado de Chile (caso Madlonado y otros contra el estado de Chile); la jurisprudencia del primer recurso exitoso que, dentro de sus considerandos, establece argumentaciones que han sido recogidas en los siguientes recursos de revisión; y, finalmente, lo señalado tanto en los informes Rettig y Valech que tienen referencias específicas y describen las irregularidades de estos Consejos de Guerra y cómo se vulneran los derechos fundamentales.

Pero, ha habido limitaciones. La primera que la documentación de estos Consejos de Guerra se habría perdido en un incendio atribuido a un atentado del Frente Manuel Rodríguez en 1989. 

La segunda dificultad es que sólo declaran la inocencia de quien lo interpone el recurso y no tienen un efecto que alcance a todos los que fueron objeto de estos consejos.

Como una forma de avanzar en esta línea, anunció que prontamente desarrollarán una iniciativa extendida para interponer recursos de revisión a favor de quienes hayan sido sometidos a estos procedimientos durante la dictadura.

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