Necrológicas

– Yolanda Márquez Márquez

– Juan Bautista Torres

Contraloría establece conflicto de intereses y falta a la probidad del coordinador regional del programa “La niñez y adolescencia se defienden”

Miércoles 14 de Febrero del 2024

Compartir esta noticia
16,695
Visitas

A raíz de una denuncia presentada en contra del abogado Gonzalo Rojas Castillo, coordinador regional del programa “Línea de Representación Jurídica Especializada de Niñas, Niños, Adoldescentes: la Niñez y la Adolescencia se defienden”, dependiente de la Corporación de Asistencia Judicial de Magallanes, Contraloría emitió un informe donde detalla y da cuenta de una eventual falta a la probidad, al ejercer éste como abogado demandante en causas de menores, mientras que en la contraparte como curador ad litem de la misma causa actuó un abogado dependiente de Rojas Castillo en jerarquía. Además se dio cuenta de incompatibilidad horaria, puesto que efectuó envío de escritos de causas particulares dentro de su jornada laboral.

La línea de representación jurídica “La Niñez y la Adolescencia se Defienden” es una nueva línea de asistencia jurídica integral de las Corporaciones de Asistencia Judicial, las cuales buscan entregar un servicio de representación jurídica especializada, con abogados que tengan conocimiento y formación en derecho de familia y derechos humanos.

Si bien servidores públicos, como el caso de Gonzalo Rojas, están habilitados para realizar libremente su profesión, esto debe ser sin perturbar el cumplimiento de sus deberes como funcionario y actividades que deben desarrollarse fuera de la jornada de trabajo y con recursos privados.

Asimismo, la ley agrega que “son incompatibles con la función pública las actividades particulares cuyo ejercicio deba realizarse en horarios que coincidan total o parcialmente con la jornada de trabajo que se tenga asignada, aquellas que se refieran a materias específicas o casos concretos que deban ser analizados, informados o resueltos por ellos o por el organismo o servicio público a que pertenezcan, y la representación de un tercero en acciones civiles deducidas en contra de un organismo de la Administración del Estado”.

Denuncias

En su calidad de coordinador regional, Rojas Castillo, según constató Contraloría, habría efectuado el escrito de causas particulares dentro de su jornada laboral y en causas donde la línea jurídica que representa también estaría implicada, además de él como abogado demandante. Serían más de 30 los certificados de causas enviados a tribunales por el abogado.

“Se advierte que don Gonzalo Rojas Castillo, presentó escritos en representación de causas particulares, en horarios en los cuales se encontraba cumpliendo con su jornada laboral”, expone el oficio. A la vez, indica que “se establece que contravienen especialmente el principio de la probidad administrativa, ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales”.

Por lo anterior se instruyó a la entidad de realizar un sumario administrativo para establecer la existencia de “las eventuales responsabilidades administrativas en la situación de la especie”.

En paralelo a esta denuncia, se analizó un conflicto de intereses por representación de causas particulares. Según constató el organismo contralor, Rojas habría delegado causas como curadores, en las que él se desempeñaba como abogado particular, a abogados de la línea “la Niñez y la Adolescencia se defienden”, donde él también es coordinador regional.

Frente a este hecho, Contraloría señaló que “le corresponde a la Corporación de Asistencia Judicial informe al Tribunal de Familia de Punta Arenas, los hechos expuestos, que podrían configurar un potencial conflicto de independencia o interés, toda vez que el curador ad litem de la causa RIT C-125-2021, sería un funcionario del programa en el que don Gonzalo Rojas Castillo, abogado representante de la parte demandante en la causa en cuestión, sería su superior jerárquico, para que esa entidad adopte las medidas que estime pertinente en base a sus atribuciones”.