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Soldado que perdió una pierna gana demanda al Estado

Viernes 17 de Mayo del 2024

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El soldado conscripto Manasés Ezequiel Muñoz Astudillo ingresó en marzo de 2019 a cumplir con su servicio militar obligatorio en el Ejército de Chile, siendo destinado al Destacamento Motorizado Caupolicán, con asiento en la ciudad de Porvenir, provincia de Tierra del Fuego, Región de Magallanes. Llegó desde la comuna de Cunco, provincia de Cautín, Región de La Araucanía. Y lo hizo con la ilusión de desarrollar una carrera en la propia institución militar.

Sin embargo, aquel sueño se truncó el 4 de febrero de 2020, cuando en cumplimiento de su servicio de guardia, acompañado de otro centinela, a éste se le disparó su arma, impactando el tiro en el muslo derecho de Muñoz Astudillo, saliendo por la parte posterior de la pantorrilla.

El 27 de abril de 2022 Manasés Muñoz ingresó al Instituto Teletón con diagnóstico “amputación traumática transfemoral derecha”. A sus actuales 23 años la pérdida de una de sus extremidades inferiores trastocó fuertemente su vida.

Un fallo judicial del reciente 7 de mayo estableció que el ahora ex soldado sufrió la grave lesión en su pierna derecha producto del actuar negligente del Ejército de Chile, lo que le acarreó una incapacidad física de por vida.

En consecuencia, el titular del Tercer Juzgado de Letras de Punta Arenas, Javier Toledo, acogió una demanda de indemnización de perjuicios, en contra del fisco de Chile, condenando a este a pagar la suma de 250 millones de pesos al ex soldado y otros 25 millones de pesos a favor de los padres de la víctima.

Si bien a raíz de la traumática lesión sufrida como consecuencia de un accidente en un acto de servicio, el ex soldado recibe mensualmente una pensión de retiro de poco más de 752 mil pesos, el juez Toledo dejó asentado en su fallo que “el accidente fue producto de una falta de servicio atribuida al fisco de Chile, situación que por la actuación de personas quienes fallaron en sus deberes de no asignación de puesto de guardia o entrega de fusil a un funcionario que detentaba una Poc (Pauta de Observación de Conducta) alterado, como en el caso concreto provocó el accidente que se reclama”.

Esto último se condice plenamente con lo planteado en cuanto al fondo del litigio, por el abogado demandante Juan Aedo Jara, al citar la investigación sumaria del Ejército, que dejó establecido que “el soldado Alex Daniel Raín percutó su arma en contra del conscripto Muñoz Astudillo, en circunstancias que el primero jamás debió haber estado de guardia, ya que sus superiores -que fueron sancionados en dicha investigación- estaban en conocimiento que tenía una Poc (Pauta de Observación de Conducta) alterada y era un peligro inminente para todos el hecho que tuviera armamento a su cargo.

A raíz de este incidente, Manáses Muñoz, fue calificado como no apto para continuar al servicio del Ejército de Chile, por padecer de lesiones secuelares en su extremidad inferior derecha, secundarias a traumatismo gravísimo por arma de fuego en un acto del servicio, atribuyéndole una inutilidad de segunda clase.

Los hechos

El 4 de febrero de 2020, alrededor de las 15,10 horas, Manasés Muñoz se encontraba realizando junto al soldado conscripto Alex Daniel Raín, su servicio de guardia apostado en la garita frente a las calles Carlos Wood y Manuel Señoret de la ciudad de Porvenir, cuando el segundo de ellos procede a manipular su armamento de cargo extrayendo los 3 tiros de foguero y colocando en forma manual un tiro de guerra en la recámara del fusil, y al momento de preparar se dispara dicha arma, impactando el tiro en el muslo derecho saliendo por la parte posterior de la pantorrilla de Muñoz Astudillo, presentando pérdida de sangre y masa muscular, siendo trasladado desde las dependencias militares, primero al Hospital de Porvenir, y luego por vía aérea al Hospital Clínico de Punta Arenas. Fue tal la gravedad de la lesión que para poder salvar su vida, el cuerpo médico tomó la decisión de amputar su pierna. 

Lo anterior dio origen a una investigación sumaria administrativa por orden del comandante del Destacamento Caupolicán, cuyo fiscal en comisión de servicio al término de la tarea encomendada, propuso sancionar con 3 días de arresto al sargento primero Luis Castañeda Fernández, por descuidar sus obligaciones de su cargo de jefe de plana mayor de la Primera Compañía de Infantería, al elaborar la orden de compañía N°19, del día 3 de febrero de 2020, teniendo en su poder las Poc alteradas de los soldados conscriptos y aún así designar al soldado Alex Raín como centinela para la guardia del 4 de febrero de 2020, demostrando con este hecho incumplimiento de sus deberes y obligaciones militares como jefe de la Plana Mayor.

También se sancionó con un día de arresto al subteniente Pablo Neira Gallardo por descuidar sus funciones y actuar en forma desatendida, al no haber tomado ninguna medida de seguridad ante la Poc alterada del soldado que disparó su arma.

Las medidas disciplinarias sancionatorias propuestas por el fiscal fueron ratificadas por el comandante del Destacamento Caupolicán.

Más allá de esta negligencia, falta de proactividad e incumplimiento de deberes militares, el fiscal en comisión que realizó la investigación administrativa, estableció que el principal culpable del incidente sucedido el 4 de febrero de 2020, corresponde al soldado Alex Raín, a quien se le aplicó la medida disciplinaria de licenciamiento del servicio, quien además debe firmar semanalmente en la Fiscalía Militar Letrada de Temuco, medida dispuesta mientras dure la investigación judicial.

El pasado 10 de mayo, la sentencia fue notificada al abogado procurador fiscal de Punta Arenas, Claudio Benavides, y el día lunes 13 se notificó el abogado demandante Juan Aedo Jara. Luego del estudio del fallo, las partes podrían hacer uso del derecho de apelación.

 

Ex soldado indemnizado: “El Ejército no
ha aprendido nada de sus negligencias y accidentes”

El año pasado vino a pasear a Punta Arenas donde cultivó amistades luego de ser destinado a la región para cumplir con su servicio militar. Aunque añora poder regresar algún día a la ciudad de Porvenir, la cual abandonó abruptamente, de urgencia, el mismo día en que recibió el disparo en su pierna derecha.

Desde al otro lado del teléfono, en su domicilio de Cunco, provincia de Cautín, Manasés Muñoz reconoce su buen estado de ánimo y que sus terapias han funcionado bien, señalando que terminó sus dos años de sesiones en el Instituto Teletón, donde por un tema de edad (tiene 23 años) deberá continuar haciendo sus ejercicios en su casa.

“Estoy usando prótesis y entre tres a cuatro años más me la tendrán que cambiar”, admite.

Sobre el reciente fallo de su demanda, destaca que “haya salido a nuestro favor”, aunque su abogado bregará por elevar un poco más el monto indemnizatorio. La demanda original es por 300 millones de pesos. En todo caso, aspira porque el litigio judicial no se alargue más. “Han sido poco más de 2 años y ha resultado cansador esperando respuesta”.

Manasés tenía muchas ganas de hacer el servicio militar. “Mi experiencia fue buena, me gustó mucho, aprendí demasiado. Era mi sueño seguir la carrera militar, era lo que siempre quise”.

Al comentar su estadía de casi un año en la ciudad de Porvenir, confesó que los primeros meses fueron de mucho frío, aunque “después nos acostumbramos”.

Frente al desgraciado episodio que le tocó vivir en febrero de 2020, expresa que su compañero de guardia no estaba habilitado para portar armamento, lo cual podría haberse precavido, evitado, atribuyendo el hecho a una negligencia del mando. “Ellos sabían perfectamente quienes no podían hacer guardia”, refuerza.

Consultado por la fatídica marcha de instrucción en Putre, que costó la vida a un soldado y dejó con la mano amputada a otro, Muñoz responde que “el Ejército no ha aprendido nada de todas sus negligencias y accidentes”.

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