Necrológicas
Por el delito de cohecho agravado

Pena efectiva de 5 años y otra bajo la modalidad de libertad vigilada recibieron dos ex funcionarios públicos

Jueves 23 de Mayo del 2024

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  • Sobre los audios que presentó el fiscal, los jueces concluyen que al escucharlos “se deprende el menosprecio que ambos acusados que desempeñaban cargos públicos tenían por el presupuesto público de las licitaciones que debían resguardar, denotando una falta de pudor al hablar livianamente sobre la forma que se podía adjudicar la licitación, al límite de la necedad, conductas que son graves, dada las funciones que ambos detentaban”.

 

 

Los ex funcionarios públicos de la desaparecida gobernación provincial de Magallanes, Christian Marcelo Reyes Manríquez y Gerardo Ignacio Pérez Fromento, fueron sentenciados ayer a penas de 5 años y un día de presidio para el primero por cometer el delito de cohecho agravado y 5 años el segundo. Además, cada uno deberá pagar una multa de 4 millones de pesos y las costas de la causa.

Esto en el marco de la acusación que el fiscal jefe de Punta Arenas, Sebastián González Morales, presentó en contra de ambos por pedir “coimas” a un contratista a cambio de favorecerlo con una licitación pública. La “ayudita” se transformaría en un millón de pesos mensuales para los entonces funcionarios públicos.

Los jueces del Tribunal Oral en lo Penal ordenaron para Reyes el cumplimiento de la pena de 5 años y un día con cárcel efectiva. Además por 10 años no podrá ocupar cargos u oficios públicos y queda con “inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos”.

Para Gerardo Pérez, el entonces jefe de gabinete del gobernador Nicolás Cogler, también aplica la inhabilidad de 10 años para “ocupar cargos u oficios públicos e inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos”.

En su caso los jueces le reconocieron la irreprochable conducta anterior y por ende podrá cumplir los cinco años en modalidad libertad vigilada intensiva.

Para esto deberá someterse a un plan de intervención individual que elaborará el delegado de Gendarmería que le designen.

Además le quedó prohibido acercarse a Gerardo Uribe Huaiquil, el contratista al que contactó y ofreció la licitación a cambio de dinero. Tampoco puede comunicarse con él, a través de cualquier medio.

Audios lícitos

Los jueces del Tribunal Oral, José Flores, Constanza Sutter y Luis Alvarez Valdés desestimaron los argumentos de la defensa, mediante los cuales pretendían excluir los audios que la Fiscalía presentó en el transcurso del juicio como medio de prueba, por tratarse de una prueba ilícita. Consideraron que “la grabación no es un acto de intromisión a la esfera de la intimidad, en este caso, desde que la llamada se efectuó en calidad de funcionario público e identificándose como tal”.

Soborno

Para el tribunal oral quedó establecido que Christian Reyes y Gerardo Pérez se concertaron “para lograr su propósito delictivo”, como lo plasman en el fallo de 87 páginas.

Esto se refiere a lo acontecido el 6 de diciembre de 2018. Pérez, actuando como jefe de gabinete del entonces gobernador provincial de Magallanes, Nicolás Cogler Galindo, previo concierto con el también funcionario público Christian Reyes, que ejercía funciones como coordinador asistente del Complejo Fronterizo Integración Austral, contratado por la misma gobernación provincial de Magallanes, se contactó con el ingeniero mecánico y contratista, Gerardo Uribe Huaiquil, manifestándole mediante sistema de WhatsApp que postulara a la licitación publicada en la página mercadopublico.cl denominada “Servicio de Aseo e Higienización del Complejo Fronterizo Integración Austral y sus dependencias para el año 2019”. 

En aquella conversación, Gerardo Pérez le señala textualmente a Uribe, “la licitación se puede ganar, pero si es así un palito mensual se debe ir a la persona que ayuda a ganar la licitación…dura un año pero se puede prorrogar por otro, si la ganas tú serían dos años, o sea dos años hueón ganando buena plata, y a la vez puta, pasando a esta persona mensualmente el palo, aun así y todo, sacai buenas ganancias”.

En consecuencia, si Uribe ganaba la propuesta debía pagar un millón de pesos a la persona que intercedería para adjudicarle la licitación.

Pérez le dijo que estuviera atento que lo llamaría Christian Reyes. Cuando éste contacta al contratista le pregunta si había conversado con Pérez y entregado detalles sobre la licitación en cuestión. “Además de señalarle que le enviaría datos de otra licitación instándolo a participar de ambas y aconsejándolo de cómo cumplir con los requisitos de ingreso al proceso licitatorio”, según los hechos que se ventilaron en el juicio.

Acusados concertados

Para el tribunal, el concierto de los acusados quedó plasmado en las intervenciones realizadas por ambos imputados con el fin de poner término a la licitación adjudicada a José Segundo Caucamán Moreau, e impedir que se la prorrogaran por un año más.

Para esto Reyes, actuando como subrogante del coordinador delegado del complejo fronterizo de la gobernación, “procedió a emitir un informe desfavorable que sirvió de fundamento de la decisión adoptada por el gobernador Nicolás Cogler cuyo jefe de gabinete era Gerardo Pérez Fromento. Las irregularidades apreciadas por el señor Reyes no se condicen con las conversaciones sostenidas- según se desprenden de los audios respectivos- por cuyo mérito se escucha en primer término, a Gerardo Pérez Fromento ofrecer a Gerardo Uribe dos licitaciones, una por 10 a 20 millones y otra por 66 millones, a cambio de un millón de pesos mensuales en beneficio de Christian Reyes, quien acto seguido se comunica con el señor Uribe, señalándole las características de las licitaciones sin importar si el señor Uribe tenía o no las instalaciones adecuadas, el personal idóneo y la experiencia sobre esta materia.

Los audios que el fiscal Sebastián González llevó a juicio, el tribunal concluyó que no pueden considerarse prueba ilícita, como lo pretendía la defensa, “por cuanto el llamado dice relación con las funciones públicas de los cargos que desempeñaban ambos acusados, sin que se observe una transgresión al derecho a la intimidad en una conversación, por cuanto, desconociendo al destinatario de la llamada, quien había sido contactado previamente por Gerardo Pérez, quien sí lo conocía,  aportó datos propios de su función pública, que trasciende al derecho supuestamente transgredido, pues el titular del llamado telefónico-Uribe- dispuso de tal audio y no un tercero diverso a los partícipes de la conversación”.

“Falta de pudor”

“El tenor de las conversaciones sostenidas por ambos acusados con Uribe, resultan alejadas de la probidad pública que todo funcionario que ostenta un cargo público debe resguardar. Sin embargo, al escuchar los audios se deprende el menosprecio que ambos acusados que desempeñaban cargos públicos, por el presupuesto público de las licitaciones que debían resguardar en su calidad de garantes del mismo, denotando una falta de pudor al hablar livianamente sobre la forma que se podía adjudicar la licitación, al límite de la necedad, conductas que son graves,  dada las funciones que ambos detentaban”, consigna la sentencia.

 

El reproche de Renovación Nacional

Frente a este contundente fallo y la vinculación con los hechos de su militante Christian Reyes, la presidenta regional de RN, Cecilia Cárdenas, señaló que “como directiva regional de Renovación Nacional queremos señalar que estábamos a la espera de lo que resolviera la justicia respecto a Christian Reyes. Al conocerse por los medios de comunicación su condena, enviamos dicha información al Tribunal Supremo de Renovación Nacional, el que de oficio abrió causa y suspendió su militancia. Esperamos que como ha sido el actuar del Partido, en consideración de la gravedad de los hechos, se apliquen las más altas sanciones en el menor plazo posible. Este tipo de conductas no van en la línea ni representan el espíritu de nuestro Partido. Como lo hemos sostenido siempre, tenemos un compromiso con la transparencia y probidad, y las acciones de este tipo de parte de cualquier militante son inaceptables”.