A dos años de la entrada en vigencia de la Ley Karin: los nudos críticos en su implementación
Aldo Manuel Herrera
Abogado-Investigador
Instituto Libertad
A dos años de la entrada en vigencia de la Ley Karin, el balance es preocupante. Un informe del Instituto Libertad advierte que, si bien el volumen de investigaciones y sanciones ha crecido, la eficacia del sistema sigue siendo insuficiente.
De un total de 66.596 denuncias ingresadas a la Dirección del Trabajo (DT), solo 11.088 -un 16,6%- fueron calificadas como vulneración efectiva a la normativa laboral. Así, ocho de cada diez no superaron el filtro jurídico. Esto no significa que quienes denunciaron mintieran, sino que el sistema carece de una orientación previa capaz de distinguir lo que corresponde a la Ley Karin de otro tipo de conflicto laboral. El resultado es un Estado sobrecargado con causas ajenas al espíritu de la norma.
Más preocupante aún: en 17 meses de aplicación, la DT no realizó ni una sola fiscalización preventiva. Las 1.214 fiscalizaciones registradas se originaron exclusivamente en denuncias ya existentes. El sistema es reactivo y castiga sobre todo la inmediatez de la respuesta del empleador, no la calidad ni la prevención.
La asimetría más reveladora, con todo, es la que existe entre el sector privado y el Estado. La tasa de informes de investigación interna rechazados por la DT cayó de 19,2%, en agosto de 2024, a 6,1%, a diciembre de 2025, evidencia de que las empresas aprendieron a cumplir la norma. Pero la propia DT no logró pronunciarse dentro del plazo legal de 30 días en el 57,9% de esos informes, demorando en promedio 69,2 días hábiles. El Estado exige un estándar creciente bajo amenaza de multa, mientras él mismo incumple sus plazos.
A esto se suma que, del total de investigaciones concluidas por la autoridad, el 87,8% excedió el plazo legal de 30 días, con una tramitación promedio de 103 días hábiles, cerca de cinco meses. Un 23,1% de las causas ni siquiera había concluido al cierre del período. Esa demora deteriora el clima laboral.
Ninguno de estos antecedentes cuestiona el objetivo de la Ley Karin, legítimo y necesario. El problema es su implementación: un diseño que multiplica trámites sin aumentar la protección efectiva. Proponemos ya sea un filtro de admisibilidad al ingreso de la denuncia o el apoyo de un asistente virtual que oriente en el proceso al denunciante; reconocer atenuantes cuando el retraso sea imputable a la propia DT; elevar a rango legal el silencio administrativo positivo de pleno derecho cuando la autoridad no responde a tiempo; y permitir revisar medidas de resguardo cuando venza el plazo sin resolución.
Una ley que busca proteger a los trabajadores necesita que el Estado cumpla sus plazos con el mismo rigor que exige a las empresas. Dos años después, los números de la propia DT muestran que aún falta un largo camino para lograrlo.




