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Conaf llama a no promover “prácticas de riesgo” en el Paine tras la difusión de un pie de cueca y descenso en esquí en el Parque

Sábado 19 de Septiembre del 2026

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La Corporación Nacional Forestal (Conaf) en Magallanes llamó a no promover prácticas que ponen en riesgo la seguridad de los visitantes de las áreas protegidas bajo su administración, luego de la difusión en redes sociales de dos videos grabados al interior del Parque Nacional Torres del Paine.

El primer registro muestra a una pareja bailando un pie de cueca sobre una laguna congelada a los pies de las Torres, mientras que el segundo exhibe a una turista realizando un descenso en esquí en un cerro nevado del parque, específicamente en el Valle del Silencio. A partir de ambos casos, la Corporación recordó la normativa vigente y advirtió sobre los riesgos asociados a este tipo de conductas.

En relación con el primer video, Conaf recordó que no está permitido ingresar a ríos o lagunas del parque, aun cuando se encuentren congelados, debido al riesgo de accidentes como el resquebrajamiento del hielo. La Corporación cuestionó, además, que una mala práctica sea difundida masivamente como si fuera positiva, llevando a que la opinión pública asuma erróneamente que se trata de un acto de protección hacia la naturaleza.

“Si bien se entiende la buena intención que pudo existir en hacer el video, llamamos a no transgredir la normativa y hacer difusión de ello, porque implica promover una práctica que pone en riesgo la seguridad del visitante”, señaló el director regional de Conaf, John Revello.

Respecto del segundo video, la institución precisó que la persona contaba con la autorización de ingreso correspondiente y que el descenso en esquí puede ser una práctica común para ese tipo de trayectos. No obstante, recomendó no difundir la acción como una actividad meramente recreativa, sin situarla en el contexto de un procedimiento regulado y obligatorio.

Desde el Parque Nacional Torres del Paine aclararon que Conaf otorga autorizaciones para expediciones deportivas -con la que la deportista del video contaba- , las que son realizadas por personas con experiencia comprobada en montaña y evaluadas caso a caso. Este tipo de actividades cuenta con una regulación específica, contemplada en la Ley 20.423, el Decreto Supremo N°19/2018 y las Normas Chilenas Oficiales de Turismo Aventura, que establecen la obligatoriedad del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos en Sernatur, además de estándares de seguridad, equipamiento, personal y gestión del riesgo.

Finalmente, la Corporación recordó que la actual Ley de Areas Protegidas contempla diversas restricciones a ciertas prácticas en estos territorios, cuyo incumplimiento puede derivar en sanciones que van desde multas hasta penas de cárcel.

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