Necrológicas

– Viviana Flores Méndez

– Luis Enrique Alvarez Valdés

Además se le encausó por una segunda causa de Derechos Humanos

Ministra Pinto somete a proceso a oficial en retiro de la Armada por desaparecimiento de Silvio Bettancourt

Sábado 23 de Julio del 2022

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Luego de casi medio siglo, la causa penal por el único desaparecido que registra Magallanes con ocasión del golpe de Estado de 1973, tiene al primer procesado. Se trata del capitán de navío en retiro Patricio Figueroa Domic, encausado por su responsabilidad como autor directo de los delitos de detención ilegal, secuestro calificado y aplicación de tormentos en perjuicio de Silvio Francisco Bettancourt Bahamonde.

El auto de procesamiento fue dictado por la ministra en visita en casos de Derechos Humanos, Marta Jimena Pinto, quien investiga una querella interpuesta por la familia.

Los antecedentes reunidos hasta ahora en el proceso dan cuenta que Bettancourt Bahamonde fue detenido por personal del servicio de inteligencia de la Región Militar Austral cuando intentaba cruzar hacia Argentina, mantenido oculto y trasladado al menos entre Regimiento Blindado N°5 de Ojo Bueno, Fundo Los Roblecitos, edificio de Colón N°636 (conocido como el Palacio de la Risa), donde habría sido sometido a apremios ilegítimos entre el 11 y 16 de septiembre de 1973 desde donde se pierde su paradero.

Según los antecedentes de la investigación, Silvio Bettancourt se desempeñaba como ingeniero de Enap en Posesión, y viajó a Punta Arenas al día siguiente del golpe de Estado para reunirse con personas cercanas a él para decidir qué recorrido iba a tomar para dejar el país, ya que estaba siendo llamado en un bando para presentarse ante las autoridades militares.

Un segundo
procesamiento

En otra causa que instruye la ministra Pinto, el mismo Patricio Figueroa Domic fue sometido a proceso como autor de detención ilegal y secuestro calificado de Lucy Adriana Neira Pino, hechos ocurridos entre el 11 de septiembre de 1973 y julio de 1974.

En esta etapa procesal se logró establecer que la víctima fue detenida mientras se dirigía a su trabajo, cerca de las 7,45 horas del día 11 de septiembre de 1973, por efectivos del Regimiento Cochrane, subida a un jeep militar para ser trasladada a la III Zona Naval de Punta Arenas, y posteriormente, en un bus con otros detenidos, trasladados al Destacamento Cochrane, donde la dejan recluida en un barracón junto a los demás, pero al cabo de unas horas, éstos fueron sacados de allí y quedando ella sola en el lugar, donde permaneció hasta que se le permitió volver a su domicilio, en mayo de 1974, en el lugar y durante todo el periodo de tiempo fue sometida a apremios ilegítimos y torturas de diverso tipo.

La ministra en visita ordenó la prisión del procesado en el Cuartel N°2 de la Guarnición de I.M. Orden y  Seguridad (V) Salinas, Viña del Mar y le otorgó la libertad bajo fianza, previo pago de una fianza de $100.000, lo cual deberá ser consultado a la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.

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