Necrológicas

– María Ilda Obando Mancilla
– Eugenio Ortiz Suazo
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Municipio se querelló contra conductor que ingresó a la Plaza Muñoz Gamero

Martes 25 de Octubre del 2022

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Diligencias, penas, accesorias legales y pagos de costas de la causa, pidió el municipio de Punta Arenas para el joven que fue detenido y formalizado tras ingresar con su vehículo al interior de la Plaza de Armas Benjamín Muñoz Gamero.

El conductor compareció este domingo ante el Juzgado de Garantía, quedando con arresto domiciliario nocturno. En tanto, ayer el municipio interpuso una querella criminal, que se sustenta en los hechos registrados el pasado sábado cuando “aproximadamente a las 4,30 horas, el automóvil, marca Toyota, modelo Sprinter Trueno 1.6, color plateado, placa patente PTHP-42, conducido por don Alexis Jorge Vega Vidal, procedió a ingresar de manera imprudente y temeraria a la Plaza Muñoz Gamero (Plaza de Armas) de la ciudad de Punta Arenas, para luego salir de la misma plaza por el cruce de las calles Magallanes y calle Roca, para dirigirse hacia Avenida Costanera del Estrecho, todo lo cual fue monitoreado por la cámara de televigilancia Nº8, existente en el sector”, se expone.

La acción agrega que “cabe hacer presente que los hechos descritos comprometen gravemente el interés público de la comuna y provocan una conmoción total y un rechazo generalizado de los habitantes de la comuna de Punta Arenas, no acostumbrados a estos hechos, caracterizada por la tranquilidad de nuestra ciudad; por lo cual estimamos que es imperativo no dejar pasar estos hechos, que constituyen un peligro para la sociedad, teniendo un comportamiento absolutamente temerario y doloso, ante la autoridad y la sociedad toda. Además, el hecho ha generado mayor repudio, al ver las imágenes publicadas en redes sociales, donde el querellado y sus acompañantes festinan de su conducta, sin medir el riesgo involucrado, considerando, además, que la Plaza de Armas “Muñoz Gamero”, es un lugar de tránsito para las personas”. 

Se menciona que la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (18.695) establece que a cada municipio le corresponde administrar los bienes municipales y nacionales de uso público, incluido el subsuelo en el territorio de su comuna, en consecuencia, razón por la cual el municipio solicita iniciar la persecución penal de lo denunciado por tener la calidad de víctima directa.

Las penas

En cuanto a las penas solicitadas, la querella cita el artículo 269 del Código Penal: “Los que turbaren gravemente la tranquilidad pública para causar injuria u otro mal a alguna persona particular o con cualquier otro fin reprobado, incurrirán en la pena de reclusión menor en su grado mínimo, sin perjuicio de las que les correspondan por el daño u ofensa causados. Incurrirá en la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, el que impidiere o dificultare la actuación del personal de los cuerpos de bomberos u otros servicios de utilidad pública, destinada a combatir un siniestro u otra calamidad o desgracia que constituya peligro para la seguridad de las personas”. 

En base a lo expuesto, el municipio representado por su alcalde Claudio Radonich pide que los antecedentes se remitan a la Fiscalía para que se ordene a la PDI “orden amplia para investigar los hechos materia de la querella; se cite a declarar al tenor de los hechos relatados a Alejandro Tobar Amar; y además se condene con accesorias legales y al pago de las costas de la causa al querellado.

Tras la acción el alcalde Claudio Radonich destacó que ahora sólo resta esperar que la justicia aplique una sanción ejemplarizadora, de tal manera que este tipo de actos terminen de una vez por todas.

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