Contraloría: Zapallar no puede restringir el desplazamiento de menores de edad
La Contraloría General de la República analizó la ordenanza de Zapallar, que limita la libertad de desplazamiento de menores de edad y concluyó que la decisión del concejo municipal “excede el ámbito de atribuciones de las municipalidades, toda vez que las restricciones a la libertad de desplazamiento de las personas es una materia que la Constitución Política de la República ha reservado a la ley”.
“No procede que se regule por una ordenanza restricciones o limitaciones a la libertad individual de los adultos y menores”, explicó el órgano fiscalizador.
Así, la Contraloría instruyó a la municipalidad para realizar una “rigurosa revisión del contenido de su ordenanza”, para ajustarla al ordenamiento jurídico en “un plazo de 15 días hábiles”.
Aprobada en diciembre de 2022, por cinco votos a favor, uno en contra y una abstención, la ordenanza establecía que desde la medianoche hasta las 05:00 horas de todos los días del año el personal de fiscalización municipal revisaría que los menores de 16 años que transiten en el horario establecido fueran acompañados por un adulto responsable
Los jóvenes entre 16 y 18 años, en tanto, tendrían la obligación de portar un número de contacto, donde se tuviera conocimiento del lugar de desplazamiento.
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