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Fiscalía abre investigación penal por “presuntos delitos que involucrarían a Piñera y a Délano”

Sábado 9 de Octubre del 2021

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inco días después de la información publicada en los “Pandora Papers”, el fiscal nacional, Jorge Abbott, decidió abrir de oficio una investigación penal por eventuales delitos en la compraventa del proyecto minero Dominga, vinculado al Presidente Sebastián Piñera y a su familia, y que en 2010 se adjudicó su amigo Carlos Alberto Délano.

“Ha tomado esta decisión atendido que los antecedentes podrían revestir caracteres de delitos de cohecho, con su correlato de soborno, y eventuales delitos tributarios; materias que, en definitiva, serán todas objeto de una investigación”, informó Marta Herrera, directora de la Unidad Especializada Anticorrupción y Jurídica de la institución.

Posteriormente, el Ministerio Público difundió una nota oficial en su sitio web, en la que precisa que se “determinó iniciar una investigación penal de oficio por los presuntos delitos de cohecho, soborno y tributarios en la compraventa de Minera Dominga, que involucrarían al Presidente Sebastián Piñera y al empresario Carlos Alberto Délano”.

Debido a la “complejidad y gravedad de los hechos investigados”, estará a cargo la fiscal regional de Valparaíso, Claudia Perivancich, quien el 21 de junio interrogó al Mandatario en el marco de las causas por violaciones a derechos humanos en medio del estallido social.

Perivancich indicó que, junto con la Unidad Regional Anticorrupción de Valparaíso, “estamos a la espera de poder revisar los antecedentes, y esperamos decretar las primeras diligencias durante los días de la próxima semana”.

Abbott decidió abrir la investigación a partir del informe elaborado por la Unidad Especializada Anticorrupción y Jurídica, el que solicitó con el fin de “verificar si los hechos ya habrían sido investigados y por lo tanto, habría recaído una decisión judicial a su respecto, que como sabemos, es la decisión de sobreseimiento definitivo” en 2017 del entonces candidato Piñera, en el marco del caso Exalmar.

En concreto, la opinión técnica de la unidad que dirige es que “los hechos relacionados con la compraventa de la minera no están expresamente incluidos en la decisión de sobreseimiento del Cuarto Juzgado de Garantía del año 2017, por ende, no estarían amparados por el efecto de la ‘cosa juzgada’, y por lo tanto, lo que corresponde es investigar”, sostuvo Herrera.

La nota publicada luego por la Fiscalía precisa que “los hechos revelados en los ‘Pandora Papers’ no están comprendidos entre los que fueron investigados y sobreseídos en Exalmar-Dominga, ya que apuntan a la venta en un paraíso fiscal de un proyecto minero vinculado a las empresas del Presidente, con una condición de pago vinculada a la institucionalidad ambiental”.

Contrato no fue parte
de la investigación

Si bien la ampliación de Exalmar en su momento se relacionó con las supuestas gestiones hechas por Piñera “para detener la instalación de un proyecto distinto -la central termoeléctrica Barrancones- en el lugar en que debía situarse Dominga”, los hechos que se indagarán esta vez “tienen que ver con las posteriores -o quizás coetáneas- negociaciones relativas a la compraventa de la minera Dominga”.

“Un antecedente que no está incorporado en la investigación tiene que ver con el contrato del 10 de diciembre de ese año (2010), que materializa un acuerdo previo de octubre, en relación con la compraventa de minera Dominga”, anticipó Herrera, aclarando que “el contrato en inglés suscrito en Islas Vírgenes Británicas no estaba incorporado, por lo que se podría decir que es un antecedente nuevo”.

“Ese acuerdo de octubre estaba incorporado, en términos que son muy similares a la redacción del contrato en inglés, pero con diferencias, por ejemplo, en relación con el pago del precio; no substancial, pero sólo el contrato de Islas Vírgenes Británicas tiene una fecha cierta para efectos de materializar el pago”, reveló.

Respecto a si los hechos están prescritos, la abogada remarcó que “también deberá verificarse en el curso de una investigación, porque para eso necesitamos allegar antecedentes respecto de si hubo negociaciones posteriores, la ejecución de los pagos, etcétera”.

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