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Funcionaria de la Dirección del Trabajo acusa que su servicio no respeta fuero maternal ni la Ley de Inclusión

Lunes 3 de Enero del 2022

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Hace un año una inspectora de la Dirección del Trabajo (DT) de la ciudad de Puerto Natales hizo noticia cuando la Corte Suprema falló a su favor, luego que acusara haber ser sido desvinculada por su condición de salud incompatible, sientiéndose discriminada por ser una mujer trasplantada de riñón, desconociendo con ello la Ley de Inclusión Laboral, pese a que su servicio está llamado a velar por el cumplimiento de esta normativa.

Es el caso de Gabriela Alvarez Pérez, quien el 30 de noviembre último volvió a ganar un segundo recurso ante la Corte Suprema, en contra de la misma Dirección del Trabajo, consiguiendo esta vez dejar sin efecto dos resoluciones administrativas, ordenando pagar a la trabajadora las remuneraciones correspondientes al tiempo de su modificación contractual, reintegrándola a la situación que tenía a la dictación de ambas resoluciones.

Gabriela Alejandra Alvarez plantea que, durante 2019, se declaró vacante su cargo de fiscalizadora por salud incompatible, al declararse su invalidez transitoria parcial. Tras recurrir de protección, obtuvo sentencia favorable, ordenándose a la DT dejar sin efecto la resolución de desvinculación, ordenando su reincorporación al servicio con adecuación de carga horaria y remuneración a su grado de capacidad. 

En esas circunstancias, la DT dictó dos resoluciones, una, por medio de la cual puso término a su contrata en calidad de fiscalizadora grado 12° de la institución, y otra, que la contrata nuevamente, pero con jornada de 22 horas semanales y remuneración acorde.

Con fecha 20 de noviembre de 2020 el Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Natales le confía el cuidado personal de un adolescente, por lo que goza de fuero maternal en virtud de lo establecido en los artículos 174, 194 y 201 inciso segundo del Código del Trabajo hasta el día 20 de noviembre de 2021.

El reciente fallo ganado en la Corte Suprema, da la razón a la recurrente, al establecer que “la Resolución Exenta que pone término a la contrata y define otra con reducida jornada y contraprestación pecuniaria, deviene en ilegal y arbitraria al modificar las condiciones laborales de la recurrente encontrándose la administración, en razón del fuero maternal, impedida de realizarlo”.

Enseguida agrega que “no desconoce esta Corte que a raíz de la sentencia del recurso de protección señalado precedentemente, la administración debía adecuar las condiciones laborales de la recurrente, sin embargo, esta adecuación debe producirse con respeto a las garantías constitucionales y laborales de la recurrente, quien se encuentra protegida, temporalmente, por fuero maternal”, el que, en este caso, se pretendió desconocer.

Gabriela Alvarez señaló a La Prensa Austral que “yo estaba feliz con haber ganado el primer juicio y pensando los problemas con mi empleador, se habían terminado. Y no fue así, cumplieron mal el primer fallo, tuve que volver a interponer un recurso de protección y esto representada por mi abogado Victor Igor Hess”.

En simples palabras, subrayó, la Dirección del Trabajo actuó de forma ilegal, arbitraria y discriminatoria, en su contra y en contra de su conocido fuero maternal.

“Y lo que es peor a la fecha no cumple la sentencia de Corte Suprema de fecha 30 de noviembre de 2021. Y para hacerlo aún más mal presenta un recurso de rectificación. Es decir le pide a la Corte Suprema que le explique cómo cumplir el fallo”, agregó.

Gabriela asegura sentirse orgullosa de ser una persona trasplantada renal y del menor que tengo a su cargo. “Muy lejano de esto ser un impedimento o una vergüenza, por el contrario me da fuerza para seguir defendiendo y luchando hasta el final por mis derechos”.

Por último, lamentó lo que sí da vergüenza, es que “una institución que debe cuidar, resguardar y promover los derechos fundamentales de los trabajadores, sea el principal agresor no sólo con sus funcionarios, sino con funcionarias, mujeres, con jefatura y con fuero maternal”.

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