Denuncias del Servel de infractores por no concurrir a votar generan colapso en juzgados de Policía Local de la región
- Todos los jueces recibieron la información en un “pendrive”, al igual como ocurrió en el resto del país. Incluso en otras regiones hubo jueces que simplemente se negaron a iniciar el trámite.
Edmundo Rosinelli
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En Magallanes se ingresaron a los juzgados de Policía Local casi 41.000 denuncias contra quienes no votaron en el plebiscito del 4 de septiembre del año pasado.
En Punta Arenas, fueron 21.132 causas; en Puerto Natales, 7.253; y 6.500, en Porvenir, según datos del Servel.
De acuerdo a las consultas realizadas, todos los jueces de la Región de Magallanes tramitaron las causas, pese a que los ingresos del Servicio Electoral (Servel) a los juzgados de Policía Local de Punta Arenas, Natales y Porvenir se hicieron en febrero de este año a través de un “pendrive”, en circunstancias que, según el artículo 8 de la Ley Especial de Procedimientos ante juzgados de Policía Local, este procedimiento debe realizarse por escrito.
Esto implicó la impresión de las denuncias, con el costo de materiales asociados a toda la tramitación para cada municipio, según consulta realizada por este medio a la vocera del capítulo sur de la Asociación Nacional de Jueces de Policía Local, Ivette Barría Rojas.
Además, en estas denuncias se constató que no había un mínimo de cumplimiento de las normas procesales, ya que las denuncias ingresadas correspondían al padrón electoral sin filtro, lo que incluía personas de 137 años de edad en algunos casos. Además, de denuncias con rut no completos o sin domicilio.
El problema para los juzgados es que están obligados a tramitar las causas en virtud del “principio de inexcusabilidad”.
Al final, terminan convirtiéndose en una suerte de detectives, debiendo averiguar respecto de los denunciados y los domicilios a través de oficios al Servicio de Registro Civil e Identificación.
Procesos que terminan siendo burocráticos, lentos y muy
engorrosos.
Instructivo
El acta Nº 594 de la Corte Suprema, de fecha 1 de julio del año 2022, instruye a los juzgados de Policía Local que, “recibida una denuncia de parte del Servicio Electoral por infracción de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 142 de la Constitución Política de la República, se disponga -entre otras medidas- oficiar a Policía de Investigaciones, requiriendo informe si el denunciado se encontraba ausente del país el día de la elección, en los términos que dispone el inciso cuarto de la norma antes citada”.
Esto hace que el proceso, luego de recibidas las denuncias, se transforme en averiguar los datos necesarios y obligatorios respecto de los votantes.
Luego viene el procedimiento de notificación, siempre que la municipalidad disponga de presupuesto para el envío de las cartas certificadas, o si Carabineros dispone de funcionarios que puedan efectuar las notificaciones, con las consecuencias de distraerlos de sus funciones policiales.
Recién luego de lograr notificar a las personas, los juzgados deben esperar que concurran las personas para hacer los fallos.
Por lo visto, el término de este tipo de causas no depende sólo de la tramitación de los juzgados, sino más bien de una serie de procesos ajenos a la tramitación propiamente judicial.
Existe una dependencia de los recursos materiales y dotación funcionaria que las municipalidades le entreguen a cada juzgado.
Deben realizar trámite
Sin perjuicio de la desigualdad de los recursos recibidos, todos los jueces y juzgados del país deben tramitar las causas ingresadas respetando los plazos a pesar de no contar con los medios, e informando a las respectivas Cortes de Apelaciones.
En este proceso, muchas veces no se toman en cuenta las precarias condiciones de los juzgados. Por ejemplo, el de Tierra del Fuego cuenta con una sola funcionaria y una jueza. Falta de materiales y dotación adecuada para hacer frente al ingreso de 6.500 causas por infracción por no votar en votación obligatoria. Además de las más de 200 causas ingresadas de otras materias de las cuales dicho juzgado es competente.
Proceso complejo
En razón de lo complejo que se torna la tramitación de las denuncias por no concurrir a votar, en la actualidad no se logra cumplir con el objetivo de la existencia de estas multas, ya que el objeto disuasivo de infraccionar a quien incurre en una infracción se ve mermado por la forma actual de tramitación, y la gran cantidad de ingresos a los juzgados, que no están preparados para recibir la enorme cantidad de
denuncias.
Jueza sugiere entrega de padrón depurado
La vocera del capítulo sur y jueza del Juzgado de Policía Local de Porvenir, Ivette Barría Rojas, considera que lo que podría contribuir a mejorar la situación actual sería un sistema en que el Servel ingrese las denuncias con un padrón depurado y con los requisitos necesarios para citar prontamente.
Junto con esto que se les asegure a los jueces medios que permitan notificar a los justiciados de manera efectiva y todo lo necesario para la tramitación de ellas, “ya que se nos siguen aumentando las competencias que en la actualidad suman más de 63”.
Plantea que le cuesta a los juzgados de Policía Local cumplir con el objetivo para el cual fueron creados, “esto es darle tramitación rápida y eficaz a las causas infracciónales, transformándonos por la falta de modernización y recursos, en juzgados de procedimientos antiguos y precarios, debiendo cada juez luchar a través de sus propios medios y recursos personales, para cumplir con nuestro mandato en orden a la aplicación de una justicia, eficiente, transparente y oportuna”.