Necrológicas

– Bernardino Cárcamo Andrade

Corte revocó retorno del clan Chen a Alto Hospicio y ordena que vuelva a la cárcel La Laguna de Talca

Jueves 3 de Septiembre del 2026

Compartir esta noticia
74
Visitas
  • El tribunal de alzada dejó sin efecto la decisión del Juzgado de Garantía de Iquique que sacaba
    a los criminales chinos de la cárcel de máxima seguridad devolverlos a Alto Hospicio y Santiago.

 

La Corte de Apelaciones de Tarapacá revocó la resolución, emitida el 24 de agosto por el Juzgado de Garantía de Iquique, que ordenó el traslado de cuatro integrantes de la banda criminal de origen chino “Clan Chen” desde la cárcel de máxima seguridad La Laguna, ubicada en Talca, para ser reingresados -tres de ellos- al recinto penal de Alto Hospicio y el restante a Santiago 1.

La decisión impugnada se produjo luego de que la defensa de los imputados interpusiera una acción legal para dejar sin efecto el traslado preventivo al recinto penitenciario maulino, ordenando su restitución al penal nortino, provocando la primera gran complicación para el gobierno en la ejecución del denominado “Plan Cancerbero”.

Este miércoles, el tribunal de alzada de Iquique emitió un fallo unánime en el que detalló que las decisiones de traslado de imputados “competen única y exclusivamente a Gendarmería de Chile”.

La Corte tomó en consideración que los imputados Longdi Chen, Wen Chen, Wu Chen y Yonjie Chen -hoy en prisión preventiva- se encuentran formalizados por los delitos de asociación ilícita y lavado de activos, sindicados como supuestos integrantes de una organización criminal transnacional de alta relevancia patrimonial.

La resolución apuntó a criterios consolidados a partir de antecedentes administrativos que refieren que los tribunales penales “deberán abstenerse a disponer el traslado de imputados a un centro penitenciario determinado, ya que tal precisión corresponde a Gendarmería (…) a menos que ocurran circunstancias excepcionales que así lo ameriten, cuyo no es el caso”.

De esta manera, se revocó la orden de traslado emitida por Juzgado de Garantía y se resolvió “que los imputados deberán permanecer en el recinto penitenciario que determine Gendarmería de Chile”.

En el fallo, la Corte también desestima la alegación de las defensas sobre una eventual afectación a la comunicación entre los imputados y sus abogados, y desecha la hipótesis de riesgo para la integridad física por variación de temperatura al cambiar la zona geográfica.

“Nos parece muy relevante”

El ministro de Justicia, Fernando Rabat, valoró el fallo y sostuvo que es “relevante, puesto que ratifica que es el director nacional de Gendarmería quien, en conformidad con las facultades que la ley le confiere, debe determinar qué imputados o condenados deben encontrarse en ciertos recintos penales y cuáles de ellos van a estar en máxima o alta seguridad”.

“Por lo tanto, nos parece algo muy relevante, siempre en miras a lo que es el control de la seguridad carcelaria”, subrayó el secretario de Estado.

Cooperativa

Pin It on Pinterest

Pin It on Pinterest